martes, 25 de enero de 2011
José Luis Cabezas
CABEZAS PRESENTE !!!
No olvidemos a José Luis, todavía hoy 14 años después del crimen atroz del que fue víctima, hay culpables de su asesinato viviendo en libertad, trabajando en Pinamar, cruzándose con nosotros por la calle en cualquier esquina, ostentando la más absoluta impunidad como una irónica certeza, de que la Justicia está en deuda con la familia Cabezas y con toda la sociedad argentina.
Una Justicia ciega, que no aprende de su mala historia volverá sin dudas a repetirla.
Los asesinos no pueden andar libres e impunes por la vida, volverán tarde o temprano a repetir sus atrocidades.
Justicia verdadera para José Luis Cabezas
lunes, 7 de junio de 2010
07 de JUNIO
Celebro este 07 de junio, y refuerzo mi compromiso férreo, de dar voz a los que no la tienen, de ser los ojos de los que no pueden ver, y hacer oír siempre las voces de la verdad.
por SANDRA PASQUINI
lunes, 31 de mayo de 2010
Continúan las medidas de fuerza
Dos años después … la peor crisis
Luego de dos arduas semanas de idas y vueltas, de reuniones infructuosas, entre los representantes de los obreros de Paraná Metal y el grupo inversor a cargo de la empresa, continúan las intensas negociaciones, en un intento de destrabar el conflicto provocado por la férrea negativa del grupo M&S S.A perteneciente a Cristóbal López , de aplicar al salario de los trabajadores el 25% logrado en paritarias, luego de varias e infructuosas reuniones en el Ministerio de Trabajo, continúa la medida de retención de tareas votada en asamblea por los trabajadores.
Por otra parte el panorama se enturbia aún más, ante la amenaza reiterada de los empresarios de dar un paso al costado, so pretexto de no obstaculizar la tarea de un potencial nuevo inversor, cuando en realidad lo que aquí han hecho, ha sido explotar hasta el agobio al trabajador, violentándolo en sus derechos básicos, impidiéndoles entre otras cosas, acceder al salario que les corresponde, de acuerdo a las tareas realizadas y a las normas vigentes.
Recién el día miércoles tendría lugar la próxima reunión entre las partes, en el Ministerio de Trabajo para definir esta situación.
Cabe mencionar, que aún les adeudan los 1.350 pesos pendientes de las paritarias correspondientes a 2009.
Con lo cual, de ningún modo, los trabajadores estarían dispuestos a otra reducción salarial de semejante tenor, que representa un tijeretazo feroz a sus ya magros ingresos.
Continúa de este modo, por estas horas, el paro de actividades que lleva ya quince días, hasta que la empresa deponga su actitud y efectivice el pago correspondiente.
por Sandra Pasquini
viernes, 28 de mayo de 2010
NO al CIERRE de CRITICA
Violentar el derecho de expresión socavando, y apelando a recursos viles, amenazando con dejar en la calle a 190 familias, es un hecho que nos da un registro de donde nos encontramos parados políticamente hoy como país.
Cerrar una fuente de trabajo y desplazar a la desocupación a 190 trabajadores es un tema que debe ser tratado con la seriedad y el respeto que esta realidad merece.
Detrás de los 190 trabajadores hay familias que en muchos casos dependerán directamente de los ingresos de ese trabajador para subsistir, para afrontar los compromisos económicos de lo cotidiano.
190 trabajadores, periodistas, administrativos, maestranza, a los que pretenden barrer de un manotazo de sus puestos.
Familias, que drásticamente se ven sometidas de repente al colapso emocional que representa esta posibilidad, de pasar a ser una familia desocupada.
Luego, detrás de un medio de comunicación que cierra, en este caso un diario, hay otra clase de pretensión aún quizá mucho más violenta y oscura, y que no es otra que la de silenciar y hacer desaparecer la voz de muchos, la mirada de gran cantidad de personas, el modo de pensar diverso, la forma distinta de situarse frente a una misma realidad dentro un país, es de alguna manera decir basta y tapar la boca, vendar los ojos, hipotecar el derecho de la libre expresión y la pluralidad.
Cercenar, lacerar, acallar, no permitir, obligando al silencio porque el grito es distinto al pretendido.
No debe cerrar un solo medio de comunicación en nuestro país.
No deben coartarnos nunca más la libertad de elegir, ni la libertad de decir.
El diario CRITICA no debe ser silenciado y sus trabajadores no pueden quedar en la calle.
Apoyemos la libertad de expresión, la pluralidad y defendamos las fuentes de trabajo para ser un país verdaderamente libre.
jueves, 27 de mayo de 2010
Cómo es Caló?
Hace unas horas, en sus declaraciones, ante un reconocido medio Rosarino, el dirigente nacional de la Unión Obrera Metalúrgica , Antonio Caló, expreso su beneplácito diciendo, que en los últimos meses, en nuestro país hubo un fuerte crecimiento de la industria metalúrgica razón por la cual, el personalmente y la UOM en 2011 apoyará la candidatura de Kirchner, porque según su apreciación – no se ve otro mejor- con esta frase de una brutalidad rayana en la burla, se despachó el “dirigente” nacional, argumentando su simpatía a los K, en la razón de que, cuando él, se hizo cargo de la actual dirigencia, el sector metalúrgico en el país contaba con 50 mil trabajadores y hoy día tiene un total de 220.000, de los cuales presume que unos 10 o 12 mil empleados se encuentran trabajando en negro, con lo cual, agregó, que pudiendo detectar esta situación y así pasándolos al sistema, estarían contando con 230 mil trabajadores, lo que demuestra dicho crecimiento industrial.
A todo esto, surge explosivo el gran interrogante, porque parece ser que el dirigente está viendo otra película, que se equivocó de canal, no se entiende bien su declaración, ya que el ha estado participando de las reuniones conciliatorias por Paraná Metal en las últimas semanas, y sabe perfectamente que los empresarios se niegan a aplicar el 25% de aumento obtenido en paritarias, proponiendo en cambio un 15% para luego fijar el techo en un 20% prorrateado vergonzosamente en tres meses de cuota, que comenzaría en abril, seguiría en agosto y finalizaría recién en enero de 2011, cuando aún ni siquiera los trabajadores han podido cobrar los 1.350 pesos no remunerativos correspondientes a la paritaria de 2009.
Digo, cuanto menos no es claro Caló, que por un lado dice en las reuniones conciliatorias, apoyar la medida de fuerza llevada a cabo por los obreros de Paraná Metal, desde hace ya una semana y hasta tanto no les paguen el 25% que les corresponde, y por otro lado sale en los medios, a decir sin cavilaciones, que apoyará junto con la UOM a Kirchner el año que vienen, porque según dice, -es el mejor que se ve-
Sin embrago, nada dice el dirigente acerca de la ausencia absoluta de inversión por parte del elegido de su favorito K, Cristóbal López, quien se hizo cargo de PM, y hoy a través de su grupo inversor M&S S.A amenaza con hacerse humo a la brevedad, abandonando el barco como las ratas, si los trabajadores se siguen “retobando” en sus reclamos, llevando adelante medidas de fuerza que impliquen la retención de tareas hasta que la empresa cambie la postura y haga efectivo el pago.
En que idioma estamos hablando Calo? La película está mal traducida o hay que volverla a ver?
* Caló estuvo en Rosario, en el marco de la inauguración de una nueva sala en el sanatorio Rosendo García
por SANDRA PASQUINI
"Fiesta del Ladrillo Hueco"
Sábado 29 de mayo 18hs.
Te invitamos a inaugurar nuestra primer parte del Bodegón, celebremos juntos haber llegado hasta acá, para seguir para allá.
Construyamos juntxs este momento, te esperamos con el/los ladrillos huecos bajo el brazo, queremos terminar de construir la parte de arriba donde funcionarán la radio, sala de ensayo, etc.
Sumate a construir este momento,habrá muestras de las actividades de la Casa , videos, fotos,música en vivo y un guiso para chupartse los dedos!!
Bodegon Cultural Casa de Pocho
Gorriti 5559
Colectivos que te dejan: 112, 101 rojo y negro,129 rojo, 146 rojo y negro
Medidas del ladrillo Hueco: 8x18x33 / 12x18x33 – consultas: 0341 156723827
Se suspende por lluvia!
viernes, 7 de mayo de 2010
¿Cuanto Vale?
San Lorenzo, está ubicada a unos 30 km al sur de la ciudad de Rosario y es donde transcurre una parte importante de las actividades del llamado Cordón Industrial Santafesino.
Los trabajadores que perdieron la vida, desempeñaban funciones dentro de la empresa GEAR. srl de la vecina localidad de Capitán Bermudez, en la cual se encontraban contratados, dicha empresa realiza tareas subcontratada para ASSA- Aguas Santafesinas S.A.
La tragedia, se produjo en momentos en que los hombres se encontraban trabajando en una de las esquinas de la ciudad, realizando tareas de reparación a nivel subterráneo en la red cloacal.
En esa situación, uno de los obreros habría descendido, unos seis metros dentro de la red y se hallaba maniobrando una tapa de salida de agua en un intento por destrabarla, una vez habiendo regresado a la superficie, se cree que resbaló perdiendo el equilibrio y cayó en el interior del pozo.
De inmediato, al percatarse de la desgraciada situación, dos compañeros suyos se movieron en su auxilio, pero trágicamente también cayeron al interior del pozo del mismo modo que el primer trabajador.
Otros dos operarios, intentaron infructuosamente ayudar a los tres accidentados pero sin éxito, resultando por ello con lesiones varias, mientras sus compañeros perecieron ahogados en el interior de la red cloacal.
Se presume que los tres fallecidos, cayeron por los efectos provocados al inhalar el gas metano emanado por la red de cloacas.
Esto ocurre, en un contexto laboral, en el que no están garantizadas las medidas de salubridad y seguridad para los trabajadores.
Desafortunadamente, esto cuesta la vida de personas, siendo situaciones prevenibles se transforman en situaciones lamentables, y deberían constituir en si mismas un delito.
Y como en una sádica paradoja, en vísperas del día del trabajador, el 30 de Abril pasado, tuvo lugar el fallecimiento de un trabajador del rubro transportista, un camionero cerealero, que murió presumiblemente a causa de la inhalación de fosfuro de aluminio.
Esta muerte que se sumaría a las cuatro ocurridas en 2009, se deberían, a que las empresas acopiadoras, fumigan los camiones colocando una pastilla de fosfuro de aluminio en la carga, para eliminar los insectos que pueda tener el cereal transportado, ya que estar plagado impediría su ingreso al puerto y redundaría en un menor valor comercial del grano.
La pastilla en cuestión, y según lo establecido en el reglamento, debiera ser colocada en la carga y el camión no tendría autorización, a transportar la misma hasta pasadas las 48 horas estipuladas, pero es sabido, que en ocasiones un vehículo arriba a destino con el plaguicida ya colocado en la boquilla, por lo que el conductor una vez que arriba a la Terminal debe esperar el turno correspondiente para poder descargar, situación que hace que el chofer se vea obligado a pernoctar en el camión y es ahí donde aspira la toxicidad emanada por los gases del fosfuro de aluminio, que se liberan al entrar en contacto con el aire y cuya aspiración es letal.
Las acopiadoras con este procedimiento estarían evitándose el gasto que implica el correcto ejercicio de esta práctica.
En lo que no escatiman, es en el desprecio por la vida de los trabajadores, que sufren intoxicaciones variadas y en muchos casos les cuesta la vida.
Todas estas muertes han sucedido en las localidades de San Lorenzo y Puerto General San Martín, en uno de los epicentros industriales de la zona sur de Santa Fe.
Y a nadie parece importarle la gravedad de los hechos.
A nadie parece importarle el valor de la vida de los trabajadores.
Es urgente que el gobierno de la provincia de Santa Fe, se expida con medidas contundentes respecto de las normas de seguridad obligatorias aplicables a cada trabajo y lo haga con igual firmeza respecto, de las condenas a los culpables de las muertes de estos trabajadores.
La pregunta, queda flotando rabiosa en el aire viciado de la tarde, en una Terminal de camiones al Sur Santafesino.
Y queda, la misma pregunta retumbando furiosa, en la esquina trágica de General Roldán y Perú en la ciudad de San Lorenzo, se agita con fuerza en un eco de muerte repetida:
¿Cuánto vale la vida de un trabajador?
viernes, 30 de abril de 2010
Día del Laburante
Son momentos de saturada tensión, en los que la patronal continúa avasallando, derribando y aplastando implacable a los obreros.
Insiste, en reducir el personal de la fábrica a la mitad, al igual que las horas de trabajo.
Y no satisfechos con este tarazcón feroz al bolsillo obrero, insiste en mantener las supensiones, pagas en un porcentaje vergonzoso, con la posibilidad casi inmediata de llevar ese pago a cero.
También, en el último año han aumentado descaradamente la insistencia y la persuación para que los trabajadores "opten" por el retiro "voluntario" llevando con las nuevas imposturas esclavistas, la presión en cada puesto de trabajo al límite máximo, en un abierto atentado contra la salud no sólo psíquica sino física de los obreros que soportan el moobing constante, al trabajar en estas condiciones claramente adversas y abusivas, que se suman a las ya existentes por ejemplo en materia de seguridad.
En este caso particular, vuelvo a referirme a Paraná Metal, pero las demás empresas de los diversos rubros no escapan a esta realidad aplastante, sino por el contrario, son parte de la misma con igual rigor.
Así es, como con total impunidad, las más grandes patronales de nuestro país, siguen avanzando sin piedad, sobre los derechos de los trabajadores, velando sólo por los propios intereses, convirtiendo al trabajador en una pieza de descarte.
Arrojando, a un porcentaje importante de empleados a la desocupación y la miseria ya que muchos por razones de edad, ven casi improbable volver a reinsertarse dentro del mercado laboral existente.
Generando así un aumento explosivo y alarmante, en la franja empobrecida de nuestra sociedad.
Es resposabilidad de nuestro gobierno hacer respetar esos derechos, y hacer cumplir las obligaciones al empresariado de nuestro país, es el gobierno en primera y última instancia el que debe cuidar que este orden de derechos y deberes se garantice y no sea subvertido en pos de un interés particular o corporativo.
Sandra Pasquini
lunes, 26 de abril de 2010
Sólo hay pibes comiendo ...
Claudio Pocho Lepratti, muerto en Rosario-Santa Fe, bajo la bandera de la impunidad del gobierno de Fernando de la Rúa, bajo la bala asesina de la escopeta disparada por el policía Esteban Velázquez, casi a quemarropa cuando se encontraba en el techo de la escuela Nº 756 , donde ayudaba a preparar la comida para los niños.
Siete metros recorrió la bala que le rompió la tráquea, siete feroces e inmediatos metros y Pocho se desplomó sobre el techo de chapa de la escuelita, ante la mirada incrédula de "sus pibes", de su gente, que lo oyeron decir: "No tiren, acá sólo hay pibes comiendo"
Casi nueve años han pasado desde aquel 19 de diciembre de 2001, en que Barrio Las Flores lloró la muerte de Pocho y aún hoy la llora.
Claudio Lepratti, un joven luchador social, que con tan sólo 35 años, fue asesinado por un gobierno corrupto, viciado, que pretendió aniquilar a los más pobres e indefensos en lugar de gobernar en bases de sólida justicia, generando caminos de igualdad social, para terminar con la enfermedad, el hambre y la miseria de muchos, un gobierno groseramente impune y cobarde, que mató a pobres y a luchadores, en un plan siniestro plagado de complicidades y vendetas, un gobierno que se cobró con sangre inocente su torpeza vil y sus desmanejos espúreos, un gobierno que dejó al descubierto la cara más repulsiva, sangrienta y atroz del poder corrupto y una veintena de muertos inocentes regados en las calles de aquel Diciembre negro y para siempre inolvidable.
A sangre y fuego pretendieron los poderosos acallar los gritos y el dolor de la miseria, pero la dignidad no se mata y la lucha de los pobres no desaparece.
Lo que las balas asesinas, no pudieron ni podrán nunca jamás, es matar la fuerza, la esperanza, la ilusión, la entereza y la dignidad sembrada por Pocho Lepratti en los corazones de todos aquellos a quienes llegó, de todos esos niños a los que pobló de alas, de ilusiones, de sueños de un futuro mejor, esos niños y jóvenes con los que alguna vez jugó, leyó, cantó, rió, lloró, a quienes les sirvió un plato caliente de comida, muchas veces la única posible, la misma comida que el gobierno les negó, les robó, les quitó de la boca. Todos esos jóvenes que aprendieron y conocieron su propia dignidad a través de él, son los mismos que hoy orgullosos levantan su bandera, y pintan por las calles, en las paredes de Rosario, un Pocho alado en bicicleta, porque sin duda, su alma seguirá pedaleando diez quilómetros a diario sin importar horarios, ni almanaques, cansancio, dolores ni distancias, sin importar del frío o del calor, de la lluvia o del sol, para cruzar la ciudad y llegar hasta su gente, porque a los ángeles no hace falta verlos para saber que siguen con nosotros.
A veces, sólo basta con sentir la brisa que acaricia nuestro pelo, nuestra piel y así como si nada, de golpe se nos cuadra una sonrisa, y es que un ángel rubio de ojos mansos va cruzando la ciudad en la mañana
Dicen que es el Pocho pedaleando ... que amanece ...
PD: El policía Esteban Velázquez fue condenado a 14 años de prisión por el asesinato de Claudio Lepratti, y siete años más tarde, otros cinco efectivos fueron condenados por encubrimiento en la misma causa.La pena contempla dos años y ocho meses de prisión, y el doble de tiempo de inhabilitación, para los cinco policías.
por Sandra Pasquini
viernes, 10 de julio de 2009
INDEC
JUNTA INTERNA ATE-INDEC
MARTES 14 DE JULIO
13 horas- INDEC
JULIO A. ROCA 609
* BASTA DE MENTIRA
* FUERA LA INTERVENCIÓN Y LA PATOTA
Habrá medidas de prevención sanitaria
Durante más de dos años de conflicto del INDEC, los trabajadores no sólo denunciamos la manipulación de los datos, sino el hostigamiento y la discriminación de que somos objeto. Siempre nos animó abrir canales de diálogo que permita salir de manera inmediata de la grave crisis a la que nos ha llevado la Intervención y tenemos para ello propuestas concretas.
Pero así como nos oponemos a que las estadísticas públicas sean tergiversadas por cálculo político, lo que nos ha costado dos años y medio de dura persecución dentro del INDEC intervenido, también alertamos seriamente sobre la pretensión de que se empleen para favorecer cualquier tipo de interés especulativo del mundo financiero local o internacional. De lo que se trata es de que el país tenga información fidedigna, de que el pueblo disponga de elementos de juicio confiables y de que los problemas sean conocidos para poder enfrentarlos en lugar de ocultarlos. Por eso, ninguna “lavada de cara” o “maquillaje” alcanzará para reparar el daño producido al INDEC.
Es necesario entonces dejar claro para cualquiera que pueda tener responsabilidad en el futuro del Instituto, que es indispensable para dar fin a la actual situación de descrédito que:
Dada la desconfianza que ha generado todo el desmantelamiento producido por la intervención, entendemos que no se puede normalizar el organismo sin que los trabajadores que nos opusimos y nos mantuvimos denunciando la manipulación seamos parte activa y primordial de cualquier instancia organizativa e institucional, que se formara para tal efecto.
Es necesaria la salida de la Intervención, de los funcionarios vinculados a ella y la “patota” empleada para fines intimidatorios.
La precariedad laboral ha sido el instrumento que utilizó la intervención para llevar adelante el hostigamiento y la violencia contra los trabajadores que nos opusimos a la manipulación. Cualquier esquema serio de recuperación del organismo deberá, como mínimo, honrar los compromisos adquiridos por la Jefatura de Gabinete, Ministerio de Economía con CTA, ATE Nacional y Junta Interna de ATE-INDEC, en las actas firmadas por el gobierno nacional a partir de agosto 2007, de “dar por concluidas las investigaciones sumariales que le instruyeran al personal como consecuencia del conflicto” y “arbitrar las medidas que correspondan con las autoridades del Indec para materializar las contrataciones mediante el régimen establecido por la Resolución SGP Nª 48/02” para los contratados desde hace tiempo bajo diversas modalidades precarias.
SI NO SE CUMPLEN CON ESTOS MÍNIMOS PUNTOS SERA IMPOSIBLE AVANZAR EN LOGRAR UN INDEC CREIBLE
viernes, 3 de julio de 2009
Denuncias que intentan acallarse?
Por reenvio - Friday, Jun. 05, 2009 at 12:29 AM
Fuente: http://argentina.indymedia.org/news/2009/06/674809.php
Como todos saben trabajo en una Central de LLamadas de Violencia Familiar (0800-66 MUJER), dependiente del GCABA. Esta central forma parte de La Direccion general de la Mujer, que esta ubicada en la zona del obelisco. Mauricio Macri a decidido y decretado sin ningun fundamento que la direccion deje el piso que ocupa hace 19 años para mudarce a no se sabe todavia con precision, reducir el personal al minimo, y que la central de llamadas (0800-66 MUJER), pase a integrar el telefono de informacion general 147. En el 147 se da turnos para rentas, para el registro de conducir, se puede pagar patentes o rentas....o que vengan abuscar la basura. (por favor llamen de sus casa al 147)
Los/as trabajadoras de toda la Direccion general de la Mujer, estan seriamente preocupadas, por que esta politica lleva al desmenbramiento de una organizacion, y a la devalorizacion total de las personas que se han especializado en violencia familiar, y que hoy dia ponene su escucha en casos de MUJERES GOLPEADAS, MUJERES VIOLADAS, NIÑOS MALTRATADOS, DESFIGURADOS POR LA VIOLENCIA ,JOVENES QUEMADAS POR SUS NOVIOS, NIÑOS ABUSADOS POR TIOS, ABUELO, PADRES, MUJERES QUE DE SU ANGUSTIA SE QUIEREN SUICIDAR Y MUCHOS CASOS MAS. Yo se que esto es fuerte muy doloroso, pero hay un grupo de personas que piensa que esto se puede cambiar o mejorar, que NOS PREOCUPAMOS POR LOS NIÑOS, POR LAS MUJERES, POR LAS ABUELAS, POR LA VIOLENCIA Y PARA QUE NO SE SIGA NATURALIZANDO. LA LINEA 0800-66 MUJER SEGUIRA ATENDIENDO COMO SIEMPRE LO HIZO PERO ESTA EN ALERTA Y MOVILIZACION, PARA QUE NADIE NOS SAQUE DEL LUGAR QUE DESPUES DE 19 AÑOS HEMOS OBTENIDOS. DIFUNDAD ESTO Y POR FAVOR EL 0-800-66 MUJER 24HORAS. OPCION 1 VIOLENCIA FAMILIAR, OPCION 2 LINEA TE AYUDO(MALTRATO Y ABUSO SEXUAL INFANTIL), LINEA 3 SALUD DE GENERO.
miércoles, 1 de julio de 2009
Gripe A
A todos este llamado urgente a la cordura y a la acción inmediata.
Exijamos entre todos a nuestros gobernantes, la suspensión de las clases en todo el ámbito de la provincia, atento a la cantidad de casos de gripe A confirmados y sospechados, y a las muertes por la misma causa, derivadas de las complicaciones que esta trae.
Exijamos fundamentalmente a nuestros gobernantes la postergación de las elecciones del 5 de julio próximo.
Exijamos al Ministro de Salud de la Nación y la Provincia decretar la Emergencia Sanitaria y exijamos que, se nos brinde información con cifras reales y no con eufemismos y mentiras , con ocultamientos de acuerdo a la conveniencia del momento.
Exijamos se nos provea de material INSTRUCTIVO para repartir en vecinales, centros de salud, escuelas , si aún permaneciera abierta alguna, en comercios, en transportes y en todos los ámbitos donde pueda ser recepcionado y distribuido masivamente, no hace falta que sean impresiones costosas, basta con sencillas copias en blanco y negro instruyéndonos de como mantener la higiene personal y del grupo social en el cual nos movemos.
Exijamos que se garantice, la adecuada instrucción a los sectores de la población económicamente y educacionalmente más vulnerados y carecientes.
Exijamos se garantice, la adecuada asistencia y protección de todas las personas que integran grupos de riesgo, especialmente afectadas por alguna patología de base (inmunosuprimidos, diabéticos, cardíacos, bebés prematuros, personas con discapacidades de riesgo que la hagan vulnerable, ancianos, recién nacidos, personas en situación de asinamiento como las personas privadas de su libertad etc).
Solicitemos la provisión a los hospitales públicos y dispensarios barriales de elementos de profilaxis y medicación adecuada para tener en reserva y usarse en caso de ser necesitada.
Exijamos que, no se realicen reuniones de grupos en lugares públicos (cines, bares, espectáculos de toda índole) que promuevan la aglomeración y el encierro.
Evitemos nosotros y a las personas próximas a nuestro cuidado exponerse innecesariamente en sitios proclives al contagio.
Exijamos la suspensión de espectáculos públicos tales como muestras de arte, recitales, fútbol y otros deportes, ferias, y todo evento que conlleve la posibilidad de aglomeraciones.
Exijamos a los medios de transporte, cejar en el insalubre intento de hacer cumplir las disposiciones vigentes en los micros de corta y larga distancia, que dicen que queda prohibido abrir las ventanillas en invierno.
Exijamos la adecuada aireación, ventilación y desinfección en todos los espacios de las reparticiones públicas y privadas (sanatorios, hospitales, oficinas, bancos, iglesias,templos,salas velatorias, estaciones de micro,cárceles, comercios).
Evitemos por todos los medios a nuestro alcance la propagación del virus y así evitemos el contagio y una extensión de esta epidemia nacional con características claras de ser ya una pandemia.
Si bien, el pánico es el peor aliado, en estas circunstancias, la cordura y el sentido común sumado a la prevención, educación y profilaxis son las mejores herramientas de lucha a nuestro alcance.
Hagamos oír nuestras voces
Hagamos valer nuestros derechos
Exijamos a nuestros gobernantes que cumplan con el deber para el cual se les ha confiado el mandato.
Dejemos de ser un número más, en las urnas el 5 de Julio, dejemos de ser conejillos de India de un gobierno corrupto que se rifa la salud de un país entero a la ruleta de su conveniencia una vez más, que esta situación dramática que atravesamos y ya ha costado la vida de una cuarentena de personas entre ellos niños, nos sirva de despertador, de educador, de alerta y salvaguarda ante una crisis incontrolable.
Convoquémonos, con los resguardos necesarios para nuestra salud y la de nuestros semejantes, en asambleas y comités de crisis en los puestos de trabajo, barrios, vecinales y demás sitios que frecuentamos, para discutir , elaborar y poner en marcha métodos de lucha, tendientes a lograr controlar el avance de esta enfermedad evitando que se convierta en una catástrofe social.
Cuidémonos unos a otros.
Divulguemos, con CCO ( copia oculta, para evitar acopio de datos) a la mayor cantidad de contactos posibles este mail.
Por la salud y la integridad de todos exijamos medidas y respuestas concretas y URGENTES a nuestros gobernantes Nacionales, Provinciales, Municipales y Comunales para frenar esta escalada de la enfermedad.
Firma este llamado a la Justicia y la Razón
Sandra Pasquini
viernes, 26 de junio de 2009
Siete años de IMPUNIDAD
Siete años de arduas luchas en busca de justicia y siete años de impunidad en los que los responsables de sus asesinatos siguen libres y peor aún siguen en vigencia política.
Un aparato de conspiraciones y obsecuencias de poder mafioso, enquistado de raíz en la sociedad actual y que es nuestro deber cambiar.
A dos días de las elecciones de legisladores nacionales y provinciales no olvidemos que la muerte de estos jovenes luchadores tienen culpables que siguen sin juzgar y esos culpables tienen nombre y apellido.
No olvidemos la impunidad con la que actuó la policia del gobierno de Duhalde, no olvidemos la treintena de heridos con sus balas de goma, no olvidemos la sangre derramada de los compañeros Kosteki y Santillán.
Hoy debiera ser un día de luto, una jornada de paro nacional en memoria de dos luchadores ejemplares asesinados a manos de esta mafia inmunda.
Debiera ser una jornada de reflexión y de reclamo de justicia.
La muerte de Maximiliano y Dario no debe, no puede, quedar impune y sus criminales e instigadores del asesinato, no deben ni pueden estar libres.
La memoria debe permanecer intacta, la lucha debe agigantarse con esta memoria.
Justicia para Maximiliano y Dario.
Cárcel a los asesinos e instigadores.
Sandra Pasquini
lunes, 22 de junio de 2009
Solicitada
POR LA RECUPERACION DEL INSTITUTO
Junio 2009
Durante más de dos años de conflicto del INDEC, los trabajadores no sólo denunciamos la manipulación de los datos, sino el hostigamiento y la discriminación de que somos objeto. Siempre nos animó abrir canales de diálogo que permita salir de manera inmediata de la grave crisis a la que nos ha llevado la Intervención y tenemos para ello propuestas concretas.
Pero es necesario dejar claro para cualquiera que pueda tener responsabilidad en el futuro del Instituto, que es indispensable para dar fi n a la actual situación de descrédito que:
Dada la desconfianza que ha generado todo el desmantelamiento producido por la intervención, entendemos que no se puede normalizar el organismo sin que los trabajadores que nos opusimos y nos mantuvimos denunciando la manipulación seamos parte activa y primordial de cualquier instancia organizativa e institucional, que se formara para tal efecto.
Es necesaria la salida de la Intervención, de los funcionarios vinculados a ella y la “patota” empleada para fines intimidatorios.
La precariedad laboral ha sido el instrumento que utilizó la intervención para llevar adelante el hostigamiento y la violencia contra los trabajadores que nos opusimos a la manipulación. Cualquier esquema serio de recuperación del organismo deberá, como mínimo, honrar los compromisos adquiridos por la Jefatura de Gabinete, Ministerio de Economía con CTA, ATE Nacional y Junta Interna de ATE-INDEC, en las actas firmadas por el gobierno nacional a partir de agosto 2007, de “dar por concluidas las investigaciones sumariales que le instruyeran al personal como consecuencia del conflicto” y “arbitrar las medidas que correspondan con las autoridades del Indec para materializar las contrataciones mediante el régimen establecido por la Resolución SGP Nª 48/02” para los contratados desde hace tiempo bajo diversas modalidades
SI NO SE CUMPLEN CON ESTOS MÍNIMOS PUNTOS SERA
IMPOSIBLE AVANZAR EN LOGRAR UN INDEC CREIBLE
JUNTA INTERNA ATE-INDEC
Central de Trabajadores Argentinos
fuente: http://criticadigital.com/tapaedicion/diario471enteroweb
Sandra Pasquini
sábado, 20 de junio de 2009
Justicia por Hernán Bernal
Justicia para Hernán Bernal, el docente de 33 años asesinado salvajemente en la localidad de General Rodriguez el pasado 5 de Junio, muerto por denunciar a la mafia de las drogas enquistada dentro del área escolar donde trabajaba.
Convocamos Urgente Jornada de Paro Nacional en defensa de la Vida y la dignidad de los luchadores sociales y en reclamo de Justicia por el compañero asesinado.
Sandra Pasquini
viernes, 19 de junio de 2009
Súper en cadena ...
Dado que no ha recibido, en estos treinta penosos días ninguna respuesta favorable, por parte de ninguna de las instituciones ni actuantes en el caso.
Tonarelli pide a la Ministro Ciciliani que dicte la conciliación obligatoria para así poder reincorporarse a sus tareas.
Hasta el momento el joven continúa despedido, sin percibir ninguna remuneración, y mientras tanto el agresor de Tonarelli sigue trabajando en su puesto habitual.
La empresa sigue argumentando que se trata de un conflicto individual, aún cuando el Sindicato pidió la reincorporación del delegado despedido, y es claramente un conflicto gremial el que se viene sosteniendo.
En la tarde noche de ayer, intervinieron las fuerzas públicas y se intento desalojar a Tonarelli de la sede del Ministerio de calle San Lorenzo y Ovidio Lagos, situación que fue sofocada y se logró conciliar prometiéndosele al joven una audiencia para hoy con la Minitro Ciciliani.
sábado, 6 de junio de 2009
Educación para TODOS
Consideramos que, así como fue hace unos días con los estudiantes y docentes de Psicología exigiendo un edificio provisorio para poder cursar, la tarea de todos los centros de estudiantes opositores al rectorado y de todas las organizaciones que luchamos por una educación pública, gratuita, estatal y al servicio de los trabajadores y el pueblo, consiste en unir y regionalizar estos reclamos y las medidas de fuerza que nos damos, para derrotar por el camino de la rebelión, la política del gobierno nacional de ajuste a la educación y ahogo presupuestario.
Consecuentes con esta idea, nos acercamos desde el primer momento al rectorado para expresar nuestro absoluto apoyo y simultáneamente salimos a difundir la medida por los cursos, convocando a llenar el rectorado de estudiantes de todas las facultades. Desgraciadamente, la conducción del CECM (Alde) nos impidió la entrada en el lugar, “argumentando” que no iban a permitir la entrada de ningún “extraño” al lugar, y que solo tenían permitida la entrada los estudiantes de aquella facultad. “El que quiera solidarizarse que lo haga de la puerta para afuera”.
Lamentamos esta actitud, puesto que es absolutamente contradictoria con el espíritu de esta lucha y conspira contra la regionalización de las luchas que impulsamos y que ellos mismos dicen alentar.
De todos modos, y mas allá de estas lamentables muestras de sectarismo, llamamos a redoblar los esfuerzos por tomar esta lucha desde toda la UNR, reivindicando el camino que vienen abriendo los estudiantes de las facultades de Psicología y ahora Enfermería, hacia la conquista del aumento de presupuesto, y el resto del programa estudiantil-docente que nos unifica en todas las facultades.
en las aulas y en las calles
TUPAC
Secretaría Obrero-Estudiantil del CEHyA
jueves, 4 de junio de 2009
Trabajadores de GENERAL MOTORS
Jueves, Junio 04 de 2009 , 12:42 PM
Comunicado de prensa
Los trabajadores suspendidos de General Motors queremos informar, que esta empresa a la cual el gobierno va a subsidiar con 150.000.000 de pesos provenientes de los fondos del Anses, realizo más de 450 despidos encubiertos y en la actualidad cuenta con mas de 100 personas suspendidas 47 de las cuales son efectivos y ya pasaron mas de 8 meses en esta situación, la realidad indica que General Motors Argentina, hoy necesita mas de 100 trabajadores en su línea de producción estudio realizado por comisión interna de Smata y gente capacitada que superviso toda la línea de producción para dicho relevamiento. Dada la información por los medios de que la presidenta el día jueves premiara a la planta con un subsidio queremos informarle a la sociedad que General Motors no tiene la minima intención por reincorporar a los trabajadores suspendidos y denunciar que consideramos que fueron despidos encubiertos. Nos gustaría que se informe a la sociedad la verdadera situación que viven los trabajadores de General Motors y la desidia a la que fueron sometidos, cabe aclarar que la empresa sigue produciendo vehículos con el faltante de estas personas y obligando a los trabajadores en actividad a realizar horas extras a ritmos infernales de producción.
Trabajadores suspendidos de General Motors de Argentina
sábado, 30 de mayo de 2009
Exigimos
Reincorporación inmediata de Cristian Tonarelli a su puesto de trabajo !!
Basta de persecución gremial y connivencia de poderes.
martes, 26 de mayo de 2009
25 de Mayo en MAHLE
sábado, 23 de mayo de 2009
MAHLE -Un mes de Lucha-
Coto Rosario -Violenta agresión-
Al poco rato de estar allí, una patota comandada por el gerente y el jefe de personal de Coto llegó en una camioneta trafic, la cual "tiraron" encima de la gente atropellando por poco a uno de los empleados, el grupo patotero agredió salvajemente al delegado despedido, a los trabajadores de Coto y a las organizaciones que fueron a expresar su solidaridad, las agresiones perpetradas tienen la clara finalidad de hacerles quitar la carpa instalada en la vía pública y quebrar la lucha por la reicorporación del compañero cesanteado.
como consecuencia de los golpes recibidos, Cristian Tonarelli fue derivado al hospital Provincial con un corte profundo en la cabeza donde fue atendido y le dieron diez puntos de sutura.
Sandra Pasquini
jueves, 21 de mayo de 2009
MAHLE y la espectativa
En las mesas de negociación se discute si Mahle Alemania va a adquirir la producción a los futuros compradores o si va a vender la marca para los productos.
El plazo de la conciliación obligatoria entre empresarios y trabajadores para que se desarrollen las negociaciones se ha extendido y finaliza el 8 de Junio.
Los trabajadores están expectantes, ante el gran interés demostrado por los empresarios bonaerenses, dueños de la empresa Vasena, que recorrieron la planta este miércoles en compañía de los representantes de los dueños actuales.
Así mismo los obreros aún sostienen el corte de la calle frente a la fábrica, en la Avenida Presidente Perón al 5600.
Sandra Pasquini
- NO al cierre de COTAR-
Al parecer el acuerdo que firmaran las dos empresas en el año 2000 habilita a SanCor a hacer uso de la marca Cotar hasta el año 2010.
Un dato importante, es que Cotar actualmente trabaja exclusivamente con materia prima de SanCor.
En el supuesto de que la Cooperativa fuese a la quiebra, SanCor se arrogaría el derecho de quedarse con la marca Cotar de manera permanente, así como con las maquinarias y herramientas de trabajo, pero desentendiéndose de los trabajadores y de los puestos que hoy ocupan, es decir que con el acuerdo comercial firmado entre ambas, SanCor se cubriría de su responsabilidad frente a una posible quiebra.
Ante esta situación de desamparo e incertidumbre en la que se encuentran los 250 trabajadores de Cotar, el 14 de mayo a las 0 horas, comenzaron un paro por tiempo indeterminado, denunciando el vaciamiento de la empresa y la desvinculación con SanCor, (lo que definiría el final de la Cooperativa) y reclamando una vez más el pago de lo que les adeuda la empresa, rechazando así la propuesta empresarial de abonarles una parte de la deuda, cuando el total adeudado es el 80 por ciento del salario de Abril, parte de los aportes jubilatorios, de ART y obra social.
Sandra Pasquini
Atucha 2 -La Paralización-
Ahora es el turno de Atucha 2 (Mayo 07-2009)
La patronal al tomar conocimiento del piquete obrero frente al obrador, ordena que los micros con empleados regresen a los barrios impidiendo así que se unan a la medida 5000 trabajadores más.
La UOCRA hasta ahora no se ha pronunciado en este conflicto.
Sandra Pasquini
martes, 12 de mayo de 2009
UNIDOS por MAHLE
Sandra Pasquini
Por la VERDAD
ABRAZO AL INDEC
Miércoles 13 de mayo de 2009
13:00 hs.
Julio A. Roca 609
Vamos a repudiar en la calle la difusión de otro nuevo capitulo de la mentira sostenida por la intervención y el gobierno nacional.
Para ello nos quedaremos frente al organismo hasta las 17:00 hs.
Al cierre de la Jornada se servirá un mate cocido de HONOR.
“El INDEC vive el estado de destrucción institucional que todos ya conocen. La decisión de seguir adelante con la manipulación de la información estadística y la continuidad de los responsables al frente del organismo se ha sostenido en un régimen interno plagado de persecuciones, amenazas y arbitrariedades”.
Parte del documento leído en la conferencia de prensa del pasado 5/05.
* Fuera la Intervención y la Patota.
* Basta de Mentira.
*Aumento de emergencia de $ 700.
* Cumplimiento de las de los compromisos
Asumidos por el Estado con los trabajadores
De Ate Indec, CTA y ATE.
* Pase a Planta Permanente de todos los cros. discriminados en el Indec.
“Los trabajadores no somos complices de la mentira”
Sandra Pasquini
lunes, 4 de mayo de 2009
Contra la trata de personas
CONCENTRACIÓN EN EL CONGRESO DE LA NACIONCONTRA LA TRATA DE PERSONAS, LA ESCLAVUTUD SEXUAL Y LABORAL
APARICIÓN CON VIDA DE LAS MUJERES DESAPARECIDAS
26/4/05 - A 4 AÑOS DE LA DESAPARICION DE PELI MERCADO a pocos días de cumplir 18 años
POR FLORENCIA PENNACCHI, ANDREA LOPEZ, MARITA VERON, FERNANDA AGUIRRE, MARIA ESTHER MAIDANA Y TODAS LAS MUJERES Y NIÑAS DESAPARECIDASDEROGACIÓN DE LA LEY DE TRATA QUE ENCUBRE EL PROXENETISMO
DESMANTELAMIENTO DE LAS REDES DE PROXENTAS Y EMPRESARIOS QUE LUCRAN CON LA PROSTITUCION DE MUJERES Y NIÑOS CON SUSCOMPLICES DE LAS FUERZAS POLICIALES, PUNTEROS POLITICOS Y EMPLEADOS JUDICIALESSUBSIDIO IGUAL AL COSTO DE LA CANASTA FAMILIAR PARA LAS VICTIMASCONVOCA: Organización de MujeresPLENARIO DE TRABAJADORAS junto a otras organizaciones.
domingo, 3 de mayo de 2009
Carta de Familias de Trabajadores de Mahle
LOS 470 EMPLEADOS DIRECTOS, MÁS UN TALLER PROTEGIDO CON 60 JÓVENES, ENTRE 18 Y 21 AÑOS DE EDAD, CON CAPACIDADES DIFERENTES, MÁS NUMEROSOS TRABAJADORES PERTENECIENTES A EMPRESAS DE SERVICIOS TERCERIZADOS SON TODOS SOSTÉN DE FAMILIAS TRABAJADORES. DE ELLOS DEPENDEN MAS DE 2500 PERSONAS QUE EN ESTE MOMENTO SE SIENTEN EN EL MÁS ABSOLUTO DESAMPARO.
EN ESTE MOMENTO DIFÍCIL PARA TODOS NOS PREGUNTAMOS: ¿ADÓNDE IREMOS A PEDIR TRABAJO SI TODOS ESTÁN DESPIDIENDO PERSONAL? ¿CON QUÉ MANTENDREMOS A LAS FAMILIAS? ¿CON UN MISERABLE Y DENIGRANTE "PLAN FAMILIAS", "JEFE DE HOGAR", ETC? ¿CON SUBSIDIOS PARA DESOCUPADOS? ¿POR CUÁNTO TIEMPO? ¿QUIÉN LE DARÁ TRABAJO A NUESTROS ESPOSOS QUE TIENEN MAS DE 50 AÑOS? ¿Y LAS MUJERES, MADRES DE FAMILIA, QUE MANTIENEN SUS HOGARES CON EL TRABAJO EN LA FÁBRICA? ¿PODRÁN NUESTROS HIJOS SEGUIR ESTUDIANDO? QUÉ SUCEDERÁ CON LOS PEQUEÑOS COMERCIOS DE LA ZONA? Y CON AQUELLOS COMERCIOS QUE TRABAJAN CON LA MUTUAL DANERI (HOY, MAHLE) CREADA POR SUS TRABAJADORES? ANTE ESTE PANORAMA SENTIMOS QUE SE ADUEÑARON DE NUESTRO FUTURO, DE NUESTROS SUEÑOS, DE NUESTRA VIDA. ESTOS 2500 SERES HUMANOS PARA LAS EMPRESAS MULTINACIONALES SOMOS SÓLO UN NÚMERO.
ESTA EMPRESA NACIÓ COMO UNA PEQUEÑÍSIMA FÁBRICA SITUADA EN PTE. ROCA Y COCHABAMBA CUYO PROPIETARIO ERA DON ESTEBAN DANERI. EL PEQUEÑO ESTABLECIMIENTO FUE CRECIENDO HASTA NECESITAR UNA PLANTA MÁS GRANDE TRASLADÁNDOSE A SU ACTUAL UBICACIÓN: AV. JUAN D. PERÓN 5601. MÁS DE 70 AÑOS DE HISTORIA! INCONTABLES MIEMBROS DE NUMEROSAS FAMILIAS SE DESEMPEÑARON COMO TRABAJADORES DE DANERI POR TRES GENERACIONES!
HOY VEMOS CON ASOMBRO QUE EN LOS MEDIOS DE DIFUSIÓN
DE ESTO NO SE HABLALOS MEDIOS DE LA CAPITAL MAS POPULARES NO SE DIERON POR ENTERADOS DE LO QUE PASA EN EL INTERIOR DEL PAÍS, PARECE QUE ROSARIO NO EXISTE, SOLO LOS MEDIOS DE ROSARIO LO DIFUNDEN. EL ACTO DEL 1º DE MAYO REUNIÓ EN LA AVENIDA GODOY, FRENTEA LA PLANTA DE MAHLE, HOY TOMADA POR LOS OBREROS, MÁS DE SEIS MIL PERSONAS, SOLIDARIAS CON NOSOTROS Y TAMBIÉN SUFRIENDO DESPIDOS EN OTROS SECTORES DE LA PRODUCCIÓN. QUEREMOS DIFUNDIRLO POR ESTE MEDIO YA QUE SENTIMOS QUE ESTO NO ES MÁS QUE EL PRINCIPIO Y UNA GRAN OLA DE DESPIDOS SE ACERCA PARA TERMINAR DE DESTRUIR LA CULTURA DEL TRABAJO QUE FUE LO QUE HIZO GRANDE A NUESTRO PAÍS.NUESTRAS FAMILIAS CRECIERON CON EL FRUTO DE NUESTRO TRABAJO, NUESTROS HIJOS SON TRABAJADORES, LOS EDUCAMOSTRABAJANDO Y NO CONOCEMOS OTRA FORMA DE VIDA . QUE NO NOS QUITEN NUESTRA DIGNIDAD!!!!! SÓLO PEDIMOS RECUPERAR NUESTRO TRABAJO!!!!! FINALMENTE, CITAMOS EL PREÁMBULO DE NUESTRA CONSTITUCIÓN PARA RECORDÁRSELO A NUESTRA CLASE DIRIGENTE: "...INVOCANDO LA PROTECCIÓN DE DIOS, FUENTE DE TODA RAZÓN Y JUSTICIA..." YA QUE POR ESTOS TIEMPOS ES MUY DIFÍCILESPERAR AYUDA DE ALGUIEN MÁS QUE NO SEA NUESTRA PROPIA LUCHA. QUE TODOS LO SEPAN, GRACIAS POR DIFUNDIRLO.
FAMILIAS DE TRABAJADORES DE MAHLE ROSARIO---------------
sábado, 2 de mayo de 2009
Mahle hoy
El pasado Jueves hubo una reunión con los delegados junta interna de la planta donde se supo que había cierta expectativa por la posible aparición de un inversor.
Luego hubo una asamblea cerrada entre los obreros y la UOM seccional Rosario que hasta el momento se había mantenida alejada en este conflicto, como así en el de la fábrica de ruedas EB en la localidad vecina de Fighiera.
Los trabajadores relataron que desde el Ministerio de Trabajo, se les pidió el cese del corte de la calle que vienen realizando desde el día primero de iniciado el conflicto, como así también que no intervengan en los medios de comunicación dando a conocer el estado actual del mismo, alegando que estas actitudes entorpecerían las negociaciones, negativizándolas.
En esta línea de acción, cabe recordar que este mismo método fue aplicado por el Ministerio de Trabajo en la negociación durante las instancias primeras de la lucha de los obreros de Paraná Metal.
En diálogo con las operarias de Mahle, Susana Maldonado y Mónica Piccioni aseguraron que no van a desocupar la planta hasta que no aparezca la solución y que se comprometen al cien por cien a cuidar las instalaciones ya que las consideran como propias y no está en el ánimo de ninguno de ellos causar algún perjuicio.
Además dejaron en claro que la empresa no les adeuda salarios y que han cobrado los mismos como quedó establecido en el convenio que firmaron, a un setenta por ciento.
Así también, que se encuentran organizadas todas las trabajadoras, cada una en una tarea específica tendiente a llevar adelante esta lucha, si bien no han formado una comisión ni permiten la entrada al conflicto de personas externas a la empresa, como ha sucedido en el caso testigo de Paraná Metal donde las mujeres familiares de los obreros se agruparon en comité de lucha, ejemplo luego seguido por las compañeras de Indugraf.
Susana se desempeña en el área de Inspección visual y Mónica en el de Auditoria de embarque, ambas compañeras son parte del plantel de las 65 mujeres trabajadoras de Mahle.
Al cierre de la presente nota, en la planta se recibía la visita de cierto representante candidato del PJ Santafesino, aún cuando los delegados expresaron firmemente no desear la intervención de ningún partido político en esta pelea.
La sensación percibida, deja entrever una férrea posición de los representantes de los obreros hacia los lineamientos que descienden del brazo de la UOM nacional.
Sandra Pasquini
sábado, 25 de abril de 2009
Arde Santa Fe
En un año contundentemente electoral, no dejan de estallar focos ígneos en toda la provincia de Santa Fe, de mano de los conflictos sociales y laborales, que tanto el gobierno nacional como el provincial intentan apagar aplicando paños mojados, que no son siquiera un paliativo al desenlace que se perfila a apenas cuatro meses de comenzado el 2009, un año con miles de nuevos desocupados en las calles, engrosando las listas de marginalidad , discriminación y pobreza.
Un año en el que entre tarifazos, boletazos, marchas, contramarchas, despidos, suspensiones y represión policial, el esquema estatal se muestra signado por lo bizarro en materia de gobierno y por lo trágico en el ámbito de la vulneración, a la que impune y desvergonzadamente viene sometiendo a la clase trabajadora entre otras, con sindicatos incapaces de ofrecer propuestas válidas, endebles, burocráticos y funcionales a patronales resultadistas y despiadadas.
Una provincia que se resquebraja ante la intensidad del flagelo arteramente implantado de la droga, que astilla a miles de jóvenes y que se pretende acallar denodadamente desde diversos foros , una provincia en la que la represión policial se ha hechos sentir con rigor nuevamente, en más de algunas ocasiones en los últimos meses, durante protestas sociales y laborales, en la que se ha propuesto sacar a gendarmería a las calles, en lugar de trabajar políticas de estado tendientes a evitar y revertir las causas del delito que día a día se cobra víctimas fatales en cada vez más ocasiones.
Una Santa Fe, con las venas surcadas por las rutas de la trata, en donde a diario se conoce una nueva desaparición “en democracia”, con un sistema judicial advertidamente insuficiente.
Una provincia, en la que cada día menos estamos a salvo, y más carecen de lo mínimo indispensable para su digna subsistencia.
Una Santa Fe, comprometida medularmente con la contaminación del ambiente, la pésima calidad del agua que la población consume como potable, con importantes fallas en el suministro energético, con rutas obsoletas y en ocasiones intransitables, que son causa de infinidad de accidentes a diario, con escuelas en las que es imposible casi dictar clases, a causa de los deterioros edilicios.
Santa Fe, con cada día más gente viviendo en precarios asentamientos, subsistiendo de los desperdicios, juntando y comiendo basura, y como si algo faltara a este cóctel molotov , el dengue expandiéndose como una maldición sobre los sectores más pobres, una nueva epidemia que sigue siendo menguada en su realidad, una provincia con niños mendigando en las calles, con un sistema de salud colapsado, una provincia que sin duda es el reflejo más oscuro de un país gobernado desde una suerte de entelequia.
En un año, en el que las urnas arden al ritmo de la miseria que se pretende ocultar tras paredones de concreto, o con la inmigración de los habitantes de las villas de emergencia de la capital y cabeceras provinciales a otros puntos menos observados del país.
Basta con recorrer en Santa Fe la capital o las calles de ciudades populosas como Rosario para darse cuenta que la pobreza avanza a pasos agigantados, que la oferta laboral escasea, el hambre prospera y la marginalidad y la delincuencia aumentan día a día.
Mientras nuestros gobernantes, hacen sus campañas dilapidando fortunas de dudoso origen, de cara a las elecciones de Julio, intentando tapar las nubes de inminente tempestad con una mano.
Una mano oscura y cargada de prebendas.
Sandra Pasquini
Cierra Mahle
La empresa multinacional Mahle Group con base en Alemania es una de las principales treinta productoras de autopartes en el mundo, propietaria de la planta Mahle, en Rosario y dedicada a la producción de aros de pistón, anunció el cierre de su planta en la zona sur de esta ciudad, cita en Presidente Perón 5600, razón por la cual ayer sus trabajadores notificados de esto por el Ministerio de trabajo de la Nación decidieron tomar las instalaciones en forma pacífica según dijera a este espacio un obrero de la fábrica.
Quien contó que el reclamo de ellos es por el mantenimiento de su fuente laboral y que tanto están en esta lucha los obreros de planta como los administrativos, supervisores y gerentes ya que el anuncio afecta a todos por igual sin distinción de funciones, con lo que sumarían un total de 520 empleados.
Los obreros reclaman la presencia de la cámara de Industria, como así de responsables de la provincia.
Los operarios hicieron referencia al proceso de supuesta crisis en la que se ampara la empresa para desemplearlos, haciendo quita de beneficios a los empleados más antiguos que estarían percibiendo un 22% más sobre sus salarios, así como el intento de unificar turnos en diversos sectores, y otras maniobras en detrimento del obrero, quienes vienen soportando el vaciamiento de producción desde hace poco más de un año, producción que es llevada a Brasil.
Los empleados junto a sus familias, y a organizaciones sociales continuarán con esta toma pacífica hasta el día lunes en que desde el Ministerio de Trabajo surja alguna propuesta tendiente a la solución de esta situación que de momento parece ser límite.
En la mañana de hoy sábado la Vice-Ministra Alicia Ciciliani se hizo presente en la fábrica pidiendo calma a los trabajadores y prometiendo acompañarlos en este proceso en el cual afirmó que su mayor anhelo es que la empresa continúe produciendo con sus trabajadores.
Afirmó así mismo que a pedido de la empresa abrieron el proceso preventivo de crisis, y en la reunión del día lunes se estaría dando lugar a una primera negociación , si bien desde Alemania han sido categóricos a la hora de definirse por el cierre definitivo de la empresa.
Según Cicialiani, Hermes Binner puso al tanto a la presidenta Cristina Fernandez y al Ministro de Trabajo de la Nación Carlos Tomada, acerca de lo grave de esta situación y de lo que representa este nuevo conflicto para Santa Fe.
Prometió también, la visita del Ministro, para mañana domingo al mediodía en las instalaciones fabriles.
Sandra Pasquini
Siderar ¿más es menos?
La situación de la empresa Siderar en su planta de San Nicolás, se agrava ahora con el reclamo de los obreros por el PRP -Premios por Resultado Positivo- que la empresa les adeuda, ya que por este sistema de trabajo ha obtenido 1.366.000 de ganancia que debe repartir entre sus trabajadores, los que deberían estar cobrando por esta producción unos 11 mil pesos, de los cuales la empresa, solo conciente pagarles 2000 pesos.
Sobre el final de esta semana que pasó, trabajadores y directivos de Siderar San Nicolás marcharon a Capital Federal para tratar este tema, entre tanto se fortalecen los rumores acerca de estatizar la empresa, si se continúa con estos incumplimientos, desde el sindicato dicen que ellos no han propuesto esta medida, pero la ciudad de San Nicolás vuelve a estar empapelada con afiches con esta proclama.
Durante la próxima semana se esperan novedades en sentido positivo.
Sandra Pasquini
EB -Sobre Ruedas-
Para los obreros de la fábrica de ruedas de aleación liviana EB, ubicada en la localidad de Fighiera al sur de la provincia de Santa Fe, sur del cordón industrial, el pasado miércoles y en medio de la desesperanza que reinaba entre ellos, hubo una nueva perspectiva de enfoque al conflicto, cuando fueron convocados por la empresa a una nueva reunión, con la intención de intentar llegar a algún acuerdo de partes.
La patronal se comprometió a indemnizar a los cuatro empleados despedidos, que siguen luchando judicialmente, por ser reincorporados en sus respectivos puestos.
En el acuerdo firmado la empresa se tomó el compromiso de hacer efectiva la aplicación de las categorías definidas dentro del Laudo 29 que corresponde a los trabajadores de la metalurgia.
Pagar las suspensiones y días caídos, así como también contemplar el pago por calorías y afirmó que, en el transcurso de este año no habrá despidos.
Además, de entender la necesidad de que los capataces y encargados puedan realizar un curso formativo, para poder comportarse de modo adecuado con los obreros ya que estos venían siendo objeto de toda clase de arbitrariedades por parte de los antes mencionados.
Mediante esta nueva reunión con el Ministerio y bajo su supervisión, se logra también hacer ejecutar a UOM seccional Rosario, con la obligación largamente incumplida de llamar a elecciones de delegados, esta convocatoria está garantizada para dentro de un mes, cuando finalmente los obreros contarán con reconocimiento gremial para sus representantes.
Otro logro sin duda, ha sido dejar sin efecto por parte de la patronal, las denuncias penales que pesaban contra buena parte de los obreros.
Los trabajadores se mostraron conformes con los logros obtenidos con su reclamo durante el conflicto, y aclararon que si bien se podría haber avanzado más, esta es una buena salida rápida y sirve además para dejar en claro entre los compañeros que luchando es como pueden conseguir las mejoras y la dignidad necesarias para seguir adelante en su empleo.
Sandra Pasquini
miércoles, 22 de abril de 2009
Hasta Cuando?
Un dibujo de Adolfo Payes, un artista con una incomparable obra literaria y pictórica, que merece ser visitada y difundida, dada su relevancia, basada fundamentalmente, en los hondos valores humanistas que la impulsan, de los que tanto carecemos hoy día, en este nuestro convulsionado mundo, un sitio donde conocer más sobre él: www.adolfo-payes.blogspot.com
Gracias Adolfo por permitime postear tu trabajo.
Sandra Pasquini
Nueva Ley protege a las Mujeres
Ley 26.485
Ley de protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales
Sancionada: Marzo 11 de 2009.
Promulgada de Hecho: Abril 1 de 2009.
Publicada en el Boletín Oficial del 14-abr-2009
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:
LEY DE PROTECCION INTEGRAL PARA PREVENIR, SANCIONAR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES EN LOS AMBITOS EN QUE DESARROLLEN SUS RELACIONES INTERPERSONALES
TITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
ARTICULO 1º — Ámbito de aplicación. Orden Público. Las disposiciones de la presente ley son de orden público y de aplicación en todo el territorio de la República, con excepción de las disposiciones de carácter procesal establecidas en el Capítulo II del Título III de la presente.
ARTICULO 2º — Objeto. La presente ley tiene por objeto promover y garantizar:
a) La eliminación de la discriminación entre mujeres y varones en todos los órdenes de la vida;
b) El derecho de las mujeres a vivir una vida sin violencia;
c) Las condiciones aptas para sensibilizar y prevenir, sancionar y erradicar la discriminación y la violencia contra las mujeres en cualquiera de sus manifestaciones y ámbitos;
d) El desarrollo de políticas públicas de carácter interinstitucional sobre violencia contra las mujeres; 1947)
e) La remoción de patrones socioculturales que promueven y sostienen la desigualdad de género y las relaciones de poder sobre las mujeres;
f) El acceso a la justicia de las mujeres que padecen violencia;
g) La asistencia integral a las mujeres que padecen violencia en las áreas estatales y privadas que realicen actividades programáticas destinadas a las mujeres y/o en los servicios especializados de violencia.
ARTICULO 3º — Derechos Protegidos. Esta ley garantiza todos los derechos reconocidos por la Convención para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, la Convención sobre los Derechos de los Niños y la Ley 26.061 de Protección Integral de los derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes y, en especial, los referidos a:
a) Una vida sin violencia y sin discriminaciones;
b) La salud, la educación y la seguridad personal;
c) La integridad física, psicológica, sexual, económica o patrimonial;
d) Que se respete su dignidad;
e) Decidir sobre la vida reproductiva, número de embarazos y cuándo tenerlos, de conformidad con la Ley 25.673 de Creación del Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable;
f) La intimidad, la libertad de creencias y de pensamiento;
g) Recibir información y asesoramiento adecuado;
h) Gozar de medidas integrales de asistencia, protección y seguridad;
i) Gozar de acceso gratuito a la justicia en casos comprendidos en el ámbito de aplicación de la presente ley;
j) La igualdad real de derechos, oportunidades y de trato entre varones y mujeres;
k) Un trato respetuoso de las mujeres que padecen violencia, evitando toda conducta, acto u omisión que produzca revictimización.
ARTICULO 4º — Definición. Se entiende por violencia contra las mujeres toda conducta, acción u omisión, que de manera directa o indirecta, tanto en el ámbito público como en el privado, basada en una relación desigual de poder, afecte su vida, libertad, dignidad, integridad física, psicológica, sexual, económica o patrimonial, como así también su seguridad personal. Quedan comprendidas las perpetradas desde el Estado o por sus agentes.
Se considera violencia indirecta, a los efectos de la presente ley, toda conducta, acción omisión, disposición, criterio o práctica discriminatoria que ponga a la mujer en desventaja con respecto al varón.
ARTICULO 5º — Tipos. Quedan especialmente comprendidos en la definición del artículo precedente, los siguientes tipos de violencia contra la mujer:
1.- Física: La que se emplea contra el cuerpo de la mujer produciendo dolor, daño o riesgo de producirlo y cualquier otra forma de maltrato agresión que afecte su integridad física.
2.- Psicológica: La que causa daño emocional y disminución de la autoestima o perjudica y perturba el pleno desarrollo personal o que busca degradar o controlar sus acciones, comportamientos, creencias y decisiones, mediante amenaza, acoso, hostigamiento, restricción, humillación, deshonra, descrédito, manipulación aislamiento. Incluye también la culpabilización, vigilancia constante, exigencia de obediencia sumisión, coerción verbal, persecución, insulto, indiferencia, abandono, celos excesivos, chantaje, ridiculización, explotación y limitación del derecho de circulación o cualquier otro medio que cause perjuicio a su salud psicológica y a la autodeterminación. n.
3.- Sexual: Cualquier acción que implique la vulneración en todas sus formas, con o sin acceso genital, del derecho de la mujer de decidir voluntariamente acerca de su vida sexual o reproductiva a través de amenazas, coerción, uso de la fuerza o intimidación, incluyendo la violación dentro del matrimonio o de otras relaciones vinculares o de parentesco, exista o no convivencia, así como la prostitución forzada, explotación, esclavitud, acoso, abuso sexual y trata de mujeres.
4.- Económica y patrimonial: La que se dirige a ocasionar un menoscabo en los recursos económicos o patrimoniales de la mujer, a través de:
a) La perturbación de la posesión, tenencia o propiedad de sus bienes;
b) La pérdida, sustracción, destrucción, retención o distracción indebida de objetos, instrumentos de trabajo, documentos personales, bienes, valores y derechos patrimoniales;
c) La limitación de los recursos económicos destinados a satisfacer sus necesidades o privación de los medios indispensables para vivir una vida digna;
d) La limitación o control de sus ingresos, así como la percepción de un salario menor por igual tarea, dentro de un mismo lugar de trabajo.
5.- Simbólica: La que a través de patrones estereotipados, mensajes, valores, íconos o signos transmita y reproduzca dominación, desigualdad y discriminación en las relaciones sociales, naturalizando la subordinación de la mujer en la sociedad.
ARTICULO 6º — Modalidades. A los efectos de esta ley se entiende por modalidades las formas en que se manifiestan los distintos tipos de violencia contra las mujeres en los diferentes ámbitos, quedando especialmente comprendidas las siguientes:
a) Violencia doméstica contra las mujeres: aquella ejercida contra las mujeres por un integrante del grupo familiar, independientemente del espacio físico donde ésta ocurra, que dañe la dignidad, el bienestar, la integridad física, psicológica, sexual, económica o patrimonial, la libertad, comprendiendo la libertad reproductiva y el derecho al pleno desarrollo de las mujeres. Se entiende por grupo familiar el originado en el parentesco sea por consanguinidad o por afinidad, el matrimonio, las uniones de hecho y las parejas o noviazgos. Incluye las relaciones vigentes o finalizadas, no siendo requisito la convivencia;
b) Violencia institucional contra las mujeres: aquella realizada por las/los funcionarias/ os, profesionales, personal y agentes pertenecientes a cualquier órgano, ente o institución pública, que tenga como fin retardar, obstaculizar o impedir que las mujeres tengan acceso a las políticas públicas y ejerzan los derechos previstos en esta ley. Quedan comprendidas, además, las que se ejercen en los partidos políticos, sindicatos, organizaciones empresariales, deportivas y de la sociedad civil;
c) Violencia laboral contra las mujeres: aquella que discrimina a las mujeres en los ámbitos de trabajo públicos o privados y que obstaculiza su acceso al empleo, contratación, ascenso, estabilidad o permanencia en el mismo, exigiendo requisitos sobre estado civil, maternidad, edad, apariencia física o la realización de test de embarazo. Constituye también violencia contra las mujeres en el ámbito laboral quebrantar el derecho de igual remuneración por igual tarea o función. Asimismo, incluye el hostigamiento psicológico en forma sistemática sobre una determinada trabajadora con el fin de lograr su exclusión laboral;
d) Violencia contra la libertad reproductiva: aquella que vulnere el derecho de las mujeres a decidir libre y responsablemente el número de embarazos o el intervalo entre los nacimientos, de conformidad con la Ley 25.673 de Creación del Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable;
e) Violencia obstétrica: aquella que ejerce el personal de salud sobre el cuerpo y los procesos reproductivos de las mujeres, expresada en un trato deshumanizado, un abuso de medicalización y patologización de los procesos naturales, de conformidad con la Ley 25.929.
f) Violencia mediática contra las mujeres: aquella publicación o difusión de mensajes e imágenes estereotipados a través de cualquier medio masivo de comunicación, que de manera directa o indirecta promueva la explotación de mujeres o sus imágenes, injurie, difame, discrimine, deshonre, humille o atente contra la dignidad de las mujeres, como así también la utilización de mujeres, adolescentes y niñas en mensajes e imágenes pornográficas, legitimando la desigualdad de trato o construya patrones socioculturales reproductores de la desigualdad o generadores de violencia contra las mujeres.
TITULO II
POLITICAS PUBLICAS
CAPITULO I
PRECEPTOS RECTORES
ARTICULO 7º — Preceptos rectores. Los tres poderes del Estado, sean del ámbito nacional o provincial, adoptarán las medidas necesarias y ratificarán en cada una de sus actuaciones el respeto irrestricto del derecho constitucional a la igualdad entre mujeres y varones. Para el cumplimiento de los fines de la presente ley deberán garantizar los siguientes preceptos rectores:
a) La eliminación de la discriminación y las desiguales relaciones de poder sobre las mujeres;
b) La adopción de medidas tendientes a sensibilizar a la sociedad, promoviendo valores de igualdad y deslegitimación de la violencia contra las mujeres;
c) La asistencia en forma integral y oportuna de las mujeres que padecen cualquier tipo de violencia, asegurándoles el acceso gratuito, rápido, transparente y eficaz en servicios creados a tal fin, así como promover la sanción y reeducación de quienes ejercen violencia;
d) La adopción del principio de transversalidad estará presente en todas las medidas así como en la ejecución de las disposiciones normativas, articulando interinstitucional ente y coordinando recursos presupuestarios;
e) El incentivo a la cooperación y participación de la sociedad civil, comprometiendo a entidades privadas y actores públicos no estatales;
f) El respeto del derecho a la confidencialidad y a la intimidad, prohibiéndose la reproducción para uso particular o difusión pública de la información relacionada con situaciones de violencia contra la mujer, sin autorización de quien la padece;
g) La garantía de la existencia y disponibilidad de recursos económicos que permitan el cumplimiento de los objetivos de la presente ley;
h) Todas las acciones conducentes a efectivizar los principios y derechos reconocidos por la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres.
CAPITULO II
ORGANISMO COMPETENTE
ARTICULO 8º — Organismo competente. El Consejo Nacional de la Mujer será el organismo rector encargado del diseño de las políticas públicas para efectivizar las disposiciones de la presente ley.
ARTICULO 9º — Facultades. El Consejo Nacional de la Mujer, para garantizar el logro de los objetivos de la presente ley, deberá:
a) Elaborar, implementar y monitorear un Plan Nacional de Acción para la Prevención, Asistencia y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres;
b) Articular y coordinar las acciones para el cumplimiento de la presente ley, con las distintas áreas involucradas a nivel nacional, provincial y municipal, y con los ámbitos universitarios, sindicales, empresariales, religiosos, las organizaciones de defensa de los derechos de las mujeres y otras de la sociedad civil con competencia en la materia;
c) Convocar y constituir un Consejo Consultivo ad honórem, integrado por representantes de las organizaciones de la sociedad civil y del ámbito académico especializadas, que tendrá por función asesorar y recomendar sobre los cursos de acción y estrategias adecuadas para enfrentar el fenómeno de la violencia;
d) Promover en las distintas jurisdicciones la creación de servicios de asistencia integral y gratuita para las mujeres que padecen violencia;
e) Garantizar modelos de abordaje tendientes a empoderar a las mujeres que padecen violencia que respeten la naturaleza social, política y cultural de la problemática, no admitiendo modelos que contemplen formas de mediación o negociación;
f) Generar los estándares mínimos de detección precoz y de abordaje de las situaciones de violencia;
g) Desarrollar programas de asistencia técnica para las distintas jurisdicciones destinados a la prevención, detección precoz, asistencia temprana, reeducación, derivación interinstitucional y a la elaboración de protocolos para los distintos niveles de atención;
h) Brindar capacitación permanente, formación y entrenamiento en la temática a los funcionarios públicos en el ámbito de la Justicia, las fuerzas policiales y de seguridad, y las Fuerzas Armadas, las que se impartirán de manera integral y específica según cada área de actuación, a partir de un módulo básico respetando los principios consagrados en esta ley;
i) Coordinar con los ámbitos legislativos la formación especializada, en materia de violencia contra las mujeres e implementación de los principios y derechos reconocidos por la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres destinada a legisladores/ as y asesores/as;
j) Impulsar a través de los colegios y asociaciones de profesionales la capacitación del personal de los servicios que, en razón de sus actividades, puedan llegar a intervenir en casos de violencia contra las mujeres;
k) Diseñar e implementar Registros de situaciones de violencia contra las mujeres de manera interjurisdiccional e interinstitucional, en los que se establezcan los indicadores básicos aprobados por todos los Ministerios y Secretarías competentes, independientemente de los que determine cada área a los fines específicos, y acordados en el marco de los Consejos Federales con competencia en la materia;
l) Desarrollar, promover y coordinar con las distintas jurisdicciones los criterios para la selección de datos, modalidad de registro e indicadores básicos desagregados —como mínimo— por edad, sexo, estado civil y profesión u ocupación de las partes, vínculo entre la mujer que padece violencia y el hombre que la ejerce, naturaleza de los hechos, medidas adoptadas y sus resultados, y sanciones impuestas a la persona violenta. Se deberá asegurar la reserva en relación con la identidad de las mujeres que padecen violencias;
m) Coordinar con el Poder Judicial los criterios para la selección de datos, modalidad de Registro e indicadores que lo integren que obren en ambos poderes, independientemente de los que defina cada uno a los fines que le son propios;
n) Analizar y difundir periódicamente los datos estadísticos y resultados de las investigaciones a fin de monitorear y adecuar las políticas públicas a través del Observatorio de la Violencia Contra las Mujeres;
ñ) Diseñar y publicar una Guía de Servicios en coordinación y actualización permanente con las distintas jurisdicciones, que brinde información sobre los programas y los servicios de asistencia directa;
o) Implementar una línea telefónica gratuita y accesible en forma articulada con las provincias a través de organismos gubernamentales pertinentes, destinada a dar contención, información y brindar asesoramiento sobre recursos existentes en materia de prevención de la violencia contra las mujeres y asistencia a quienes la padecen;
p) Establecer y mantener un Registro de las organizaciones no gubernamentales especializadas en la materia en coordinación con las jurisdicciones y celebrar convenios para el desarrollo de actividades preventivas, de control y ejecución de medidas de asistencia a las mujeres que padecen violencia y la rehabilitación de los hombres que la ejercen;
q) Promover campañas de sensibilización y concientización sobre la violencia contra las mujeres informando sobre los derechos, recursos y servicios que el Estado garantiza e instalando la condena social a toda forma de violencia contra las mujeres. Publicar materiales de difusión para apoyar las acciones de las distintas áreas;
r) Celebrar convenios con organismos públicos y/o instituciones privadas para toda acción conducente al cumplimiento de los alcances y objetivos de la presente ley;
s) Convocar y poner en funciones al Consejo, Consultivo de organizaciones de la sociedad civil y redactar su reglamento de funcionamiento interno;
t) Promover en el ámbito comunitario el trabajo en red, con el fin de desarrollar modelos de atención y prevención interinstitucional e intersectorial, que unifiquen y coordinen los esfuerzos de las instituciones públicas y privadas;
u) Garantizar el acceso a los servicios de atención específica para mujeres privadas de libertad.
CAPITULO III
LINEAMIENTOS BASICOS PARA LAS POLITICAS ESTATALES
ARTICULO 10. — Fortalecimiento técnico a las jurisdicciones. El Estado nacional deberá promover y fortalecer interinstitucional ente a las distintas jurisdicciones para la creación e implementación de servicios integrales de asistencia a las mujeres que padecen violencia y a las personas que la ejercen, debiendo garantizar:
1.- Campañas de educación y capacitación orientadas a la comunidad para informar, concientizar y prevenir la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales.
2.- Unidades especializadas en violencia en el primer nivel de atención que trabajen en la prevención y asistencia de hechos de violencia, las que coordinarán sus actividades según los estándares, protocolos y registros establecidos y tendrán un abordaje integral de las siguientes actividades:
a) Asistencia interdisciplinaria para la evaluación, diagnóstico y definición de estrategias de abordaje;
b) Grupos de ayuda mutua;
c) Asistencia y patrocinio jurídico gratuito;
d) Atención coordinada con el área de salud que brinde asistencia médica y psicológica;
e) Atención coordinada con el área social que brinde los programas de asistencia destinados a promover el desarrollo humano.
3.- Programas de asistencia económica para el autovalimiento de la mujer.
4.- Programas de acompañantes comunitarios para el sostenimiento de la estrategia de autovalimiento de la mujer.
5.- Centros de día para el fortalecimiento integral de la mujer.
6.- Instancias de tránsito para la atención y albergue de las mujeres que padecen violencia en los casos en que la permanencia en su domicilio o residencia implique una amenaza inminente a su integridad física, psicológica o sexual, o la de su grupo familiar, debiendo estar orientada a la integración inmediata a su medio familiar, social y laboral.
7.- Programas de reeducación destinados a los hombres que ejercen violencia.
ARTICULO 11. — Políticas públicas. El Estado nacional implementará el desarrollo de las siguientes acciones prioritarias, promoviendo su articulación y coordinación con los distintos Ministerios y Secretarías del Poder Ejecutivo nacional, jurisdicciones provinciales y municipales, universidades y organizaciones de la sociedad civil con competencia en la materia:
1.- Jefatura de Gabinete de Ministros – Secretaría de Gabinete y Gestión Pública:
a) Impulsar políticas específicas que implementen la normativa vigente en materia de acoso sexual en la administración pública nacional y garanticen la efectiva vigencia de los principios de no discriminación e igualdad de derechos, oportunidades y trato en el empleo público;
b) Promover, a través del Consejo Federal de la Función Pública, acciones semejantes en el ámbito de las jurisdicciones provinciales.
2.- Ministerio de Desarrollo Social de la Nación:
a) Promover políticas tendientes a la revinculación social y laboral de las mujeres que padecen violencia;
b) Elaborar criterios de priorización para la inclusión de las mujeres en los planes y programas de fortalecimiento y promoción social y en los planes de asistencia a la emergencia;
c) Promover líneas de capacitación y financiamiento para la inserción laboral de las mujeres en procesos de asistencia por violencia;
d) Apoyar proyectos para la creación y puesta en marcha de programas para atención de la emergencia destinadas a mujeres y al cuidado de sus hijas/os;
e) Celebrar convenios con entidades bancarias a fin de facilitarles líneas de créditos a mujeres que padecen violencia;
f) Coordinar con la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia y el Consejo Federal de Niñez, Adolescencia y Familia los criterios de atención que se fijen para las niñas y adolescentes que padecen violencia.
3.- Ministerio de Educación de la Nación:
a) Articular en el marco del Consejo Federal de Educación la inclusión en los contenidos mínimos curriculares de la perspectiva de género, el ejercicio de la tolerancia, el respeto y la libertad en las relaciones interpersonales, la igualdad entre los sexos, la democratización de las relaciones familiares, la vigencia de los derechos humanos y la deslegitimación de modelos violentos de resolución de conflictos;
b) Promover medidas para que se incluya en los planes de formación docente la detección precoz de la violencia contra las mujeres;
c) Recomendar medidas para prever la escolarización inmediata de las/os niñas/os y adolescentes que se vean afectadas/os, por un cambio de residencia derivada de una situación de violencia, hasta que se sustancie la exclusión del agresor del hogar;
d) Promover la incorporación de la temática de la violencia contra las mujeres en las currículas terciarias y universitarias, tanto en los niveles de grado como de post grado;
e) Promover la revisión y actualización de los libros de texto y materiales didácticos con la finalidad de eliminar los estereotipos de género y los criterios discriminatorios, fomentando la igualdad de derechos, oportunidades y trato entre mujeres y varones;
f) Las medidas anteriormente propuestas se promoverán en el ámbito del Consejo Federal de Educación.
4.- Ministerio de Salud de la Nación:
a) Incorporar la problemática de la violencia contra las mujeres en los programas de salud integral de la mujer;
b) Promover la discusión y adopción de los instrumentos aprobados por el Ministerio de Salud de la Nación en materia de violencia contra las mujeres en el ámbito del Consejo Federal de Salud;
c) Diseñar protocolos específicos de detección precoz y atención de todo tipo y modalidad de violencia contra las mujeres, prioritariamente en las áreas de atención primaria de salud, emergencias, clínica médica, obstetricia, ginecología, traumatología, pediatría, y salud mental, que especifiquen el procedimiento a seguir para la atención de las mujeres que padecen violencia, resguardando la intimidad de la persona asistida y promoviendo una práctica médica no sexista. El procedimiento deberá asegurar la obtención y preservación de elementos probatorios;
d) Promover servicios o programas con equipos interdisciplinarios especializados en la prevención y atención de la violencia contra las mujeres y/o de quienes la ejerzan con la utilización de protocolos de atención y derivación;
e) Impulsar la aplicación de un Registro de las personas asistidas por situaciones de violencia contra las mujeres, que coordine los niveles nacionales y provinciales.
f) Asegurar la asistencia especializada de los/ as hijos/as testigos de violencia;
g) Promover acuerdos con la Superintendencia de Servicios de Salud u organismo que en un futuro lo reemplace, a fin de incluir programas de prevención y asistencia de la violencia contra las mujeres, en los establecimientos médico-asistenciales , de la seguridad social y las entidades de medicina prepaga, los que deberán incorporarlas en su cobertura en igualdad de condiciones con otras prestaciones;
h) Alentar la formación continua del personal médico sanitario con el fin de mejorar el diagnóstico precoz y la atención médica con perspectiva de género;
i) Promover, en el marco del Consejo Federal de Salud, el seguimiento y monitoreo de la aplicación de los protocolos. Para ello, los organismos nacionales y provinciales podrán celebrar convenios con instituciones y organizaciones de la sociedad civil.
5.- Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos de la Nación:
5.1. Secretaría de Justicia:
a) Promover políticas para facilitar el acceso de las mujeres a la Justicia mediante la puesta en marcha y el fortalecimiento de centros de información, asesoramiento jurídico y patrocinio jurídico gratuito;
b) Promover la aplicación de convenios con Colegios Profesionales, instituciones académicas y organizaciones de la sociedad civil para brindar asistencia jurídica especializada y gratuita;
c) Promover la unificación de criterios para la elaboración de los informes judiciales sobre la situación de peligro de las mujeres que padecen violencia;
d) Promover la articulación y cooperación entre las distintas instancias judiciales involucradas a fin de mejorar la eficacia de las medidas judiciales;
e) Promover la elaboración de un protocolo de recepción de denuncias de violencia contra las mujeres a efectos de evitar la judicialización innecesaria de aquellos casos que requieran de otro tipo de abordaje;
f) Propiciar instancias de intercambio y articulación con la Corte Suprema de Justicia de la Nación para incentivar en los distintos niveles del Poder Judicial la capacitación específica referida al tema;
g) Alentar la conformación de espacios de formación específica para profesionales del derecho;
h) Fomentar las investigaciones sobre las causas, la naturaleza, la gravedad y las consecuencias de la violencia contra las mujeres, así como de la eficacia de las medidas aplicadas para impedirla y reparar sus efectos, difundiendo periódicamente los resultados;
i) Garantizar el acceso a los servicios de atención específica para mujeres privadas de libertad.
5.2. Secretaría de Seguridad:
a) Fomentar en las fuerzas policiales y de seguridad, el desarrollo de servicios interdisciplinarios que brinden apoyo a las mujeres que padecen violencia para optimizar su atención, derivación a otros servicios y cumplimiento de disposiciones judiciales;
b) Elaborar en el ámbito del Consejo de Seguridad Interior, los procedimientos básicos para el diseño de protocolos específicos para las fuerzas policial y de seguridad a fin de brindar las respuestas adecuadas para evitar la revictimización, facilitar la debida atención, asistencia y protección policial a las mujeres que acudan a presentar denuncias en sede policial;
c) Promover la articulación de las fuerzas policial y de seguridad que intervengan en la atención de la violencia contra las mujeres con las instituciones gubernamentales y las organizaciones de la sociedad civil;
d) Sensibilizar y capacitar a las fuerzas policial y de seguridad en la temática de la violencia contra las mujeres en el marco del respeto de los derechos humanos;
e) Incluir en los programas de formación de las fuerzas policial y de seguridad asignaturas y/o contenidos curriculares específicos sobre los derechos humanos de las mujeres y en especial sobre violencia con perspectiva de género.
5.3. Secretaría de Derechos Humanos e Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo (INADI):
a) Promover la inclusión de la problemática de la violencia contra las mujeres en todos los programas y acciones de la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación y del INADI, en articulación con el Consejo Federal de Derechos Humanos.
6.- Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación:
a) Desarrollar programas de sensibilización, capacitación e incentivos a empresas y sindicatos para eliminar la violencia laboral contra las mujeres y promover la igualdad de derechos, oportunidades y trato en el ámbito laboral, debiendo respetar el principio de no discriminación en:
1. El acceso al puesto de trabajo, en materia de convocatoria y selección;
2. La carrera profesional, en materia de promoción y formación;
3. La permanencia en el puesto de trabajo;
4. El derecho a una igual remuneración por igual tarea o función.
b) Promover, a través de programas específicos la prevención del acoso sexual contra las mujeres en el ámbito de empresas y sindicatos;
c) Promover políticas tendientes a la formación e inclusión laboral de mujeres que padecen violencia;
d) Promover el respeto de los derechos laborales de las mujeres que padecen violencia, en particular cuando deban ausentarse de su puesto de trabajo a fin de dar cumplimiento a prescripciones profesionales, tanto administrativas como las emanadas de las decisiones judiciales.
7.- Ministerio de Defensa de la Nación:
a) Adecuar las normativas, códigos y prácticas internas de las Fuerzas Armadas a la Convención para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer y la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres;
b) Impulsar programas y/o medidas de acción positiva tendientes a erradicar patrones de discriminación en perjuicio de las mujeres en las Fuerzas Armadas para el ingreso, promoción y permanencia en las mismas;
c) Sensibilizar a los distintos niveles jerárquicos en la temática de la violencia contra las mujeres en el marco del respeto de los derechos humanos;
d) Incluir en los programas de formación asignaturas y/o contenidos específicos sobre los derechos humanos de las mujeres y la violencia con perspectiva de género.
8.- Secretaría de Medios de Comunicación de la Nación:
a) Impulsar desde el Sistema Nacional de Medios la difusión de mensajes y campañas permanentes de sensibilización y concientización dirigida a la población en general y en particular a las mujeres sobre el derecho de las mismas a vivir una vida libre de violencias;
b) Promover en los medios masivos de comunicación el respeto por los derechos humanos de las mujeres y el tratamiento de la violencia desde la perspectiva de género;
c) Brindar capacitación a profesionales de los medios masivos de comunicación en violencia contra las mujeres;
d) Alentar la eliminación del sexismo en la información;
e) Promover, como un tema de responsabilidad social empresaria, la difusión de campañas publicitarias para prevenir y erradicar la violencia contra las mujeres.
CAPITULO IV
OBSERVATORIO DE LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES
ARTICULO 12. — Creación. Créase el Observatorio de la Violencia contra las Mujeres en el ámbito del Consejo Nacional de la Mujer, destinado al monitoreo, recolección, producción, registro y sistematización de datos e información sobre la violencia contra las mujeres.
ARTICULO 13. — Misión. El Observatorio tendrá por misión el desarrollo de un sistema de información permanente que brinde insumos para el diseño, implementación y gestión de políticas públicas tendientes a la prevención y erradicación de la violencia contra las mujeres.
ARTICULO 14. — Funciones. Serán funciones del Observatorio de la Violencia contra las Mujeres:
a) Recolectar, procesar, registrar, analizar, publicar y difundir información periódica y sistemática y comparable diacrónica y sincrónicamente sobre violencia contra las mujeres;
b) Impulsar el desarrollo de estudios e investigaciones sobre la evolución, prevalencia, tipos y modalidades de violencia contra las mujeres, sus consecuencias y efectos, identificando aquellos factores sociales, culturales, económicos y políticos que de alguna manera estén asociados o puedan constituir causal de violencia;
c) Incorporar los resultados de sus investigaciones y estudios en los informes que el Estado nacional eleve a los organismos regionales e internacionales en materia de violencia contra las mujeres;
d) Celebrar convenios de cooperación con organismos públicos o privados, nacionales o internacionales, con la finalidad de articular interdisciplinaria ente el desarrollo de estudios e investigaciones;
e) Crear una red de información y difundir a la ciudadanía los datos relevados, estudios y actividades del Observatorio, mediante una página web propia o vinculada al portal del Consejo Nacional de la Mujer. Crear y mantener una base documental actualizada permanentemente y abierta a la ciudadanía;
f) Examinar las buenas prácticas en materia de prevención y erradicación de la violencia contra las mujeres y las experiencias innovadoras en la materia y difundirlas a los fines de ser adoptadas por aquellos organismos e instituciones nacionales, provinciales o municipales que lo consideren;
g) Articular acciones con organismos gubernamentales con competencia en materia de derechos humanos de las mujeres a los fines de monitorear la implementación de políticas de prevención y erradicación de la violencia contra las mujeres, para evaluar su impacto y elaborar propuestas de actuaciones o reformas;
h) Fomentar y promover la organización y celebración periódica de debates públicos, con participación de centros de investigación, instituciones académicas, organizaciones de la sociedad civil y representantes de organismos públicos y privados, nacionales e internacionales con competencia en la materia, fomentando el intercambio de experiencias e identificando temas y problemas relevantes para la agenda pública;
i) Brindar capacitación, asesoramiento y apoyo técnico a organismos públicos y privados para la puesta en marcha de los Registros y los protocolos;
j) Articular las acciones del Observatorio de la Violencia contra las Mujeres con otros Observatorios que existan a nivel provincial, nacional e internacional;
k) Publicar el informe anual sobre las actividades desarrolladas, el que deberá contener información sobre los estudios e investigaciones realizadas y propuestas de reformas institucionales o normativas. El mismo será difundido a la ciudadanía y elevado a las autoridades con competencia en la materia para que adopten las medidas que corresponda.
ARTICULO 15. — Integración. El Observatorio de la Violencia contra las Mujeres estará integrado por:
a) Una persona designada por la Presidencia del Consejo Nacional de la Mujer, quien ejercerá la Dirección del Observatorio, debiendo tener acreditada formación en investigación social y derechos humanos;
b) Un equipo interdisciplinario idóneo en la materia.
TITULO III
PROCEDIMIENTOS
CAPITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
ARTICULO 16. — Derechos y garantías mínimas de procedimientos judiciales y administrativos. Los organismos del Estado deberán garantizar a las mujeres, en cualquier procedimiento judicial o administrativo, además de todos los derechos reconocidos en la Constitución Nacional, los Tratados Internacionales de Derechos Humanos ratificados por la Nación Argentina, la presente ley y las leyes que en consecuencia se dicten, los siguientes derechos y garantías:
a) A la gratuidad de las actuaciones judiciales y del patrocinio jurídico preferentemente especializado;
b) A obtener una respuesta oportuna y efectiva;
c) A ser oída personalmente por el juez y por la autoridad administrativa competente;
d) A que su opinión sea tenida en cuenta al momento de arribar a una decisión que la afecte;
e) A recibir protección judicial urgente y preventiva cuando se encuentren amenazados o vulnerados cualquiera de los derechos enunciados en el artículo 3º de la presente ley;
f) A la protección de su intimidad, garantizando la confidencialidad de las actuaciones;
g) A participar en el procedimiento recibiendo información sobre el estado de la causa;
h) A recibir un trato humanizado, evitando la revictimización;
i) A la amplitud probatoria para acreditar los hechos denunciados, teniendo en cuenta las circunstancias especiales en las que se desarrollan los actos de violencia y quienes son sus naturales testigos;
j) A oponerse a la realización de inspecciones sobre su cuerpo por fuera del estricto marco de la orden judicial. En caso de consentirlas y en los peritajes judiciales tiene derecho a ser acompañada por alguien de su confianza y a que sean realizados por personal profesional especializado y formado con perspectiva de género;
k) A contar con mecanismos eficientes para denunciar a los funcionarios por el incumplimiento de los plazos establecidos y demás irregularidades.
ARTICULO 17. — Procedimientos Administrativos. Las jurisdicciones locales podrán fijar los procedimientos previos o posteriores a la instancia judicial para el cumplimiento de esta ley, la que será aplicada por los municipios, comunas, comisiones de fomento, juntas, delegaciones de los Consejos Provinciales de la Mujer o áreas descentralizadas, juzgados de paz u organismos que estimen convenientes.
ARTICULO 18. — Denuncia. Las personas que se desempeñen en servicios asistenciales, sociales, educativos y de salud, en el ámbito público o privado, que con motivo o en ocasión de sus tareas tomaren conocimiento de un hecho de violencia contra las mujeres en los términos de la presente ley, estarán obligados a formular las denuncias, según corresponda, aun en aquellos casos en que el hecho no configure delito.
CAPITULO II
PROCEDIMIENTO
ARTICULO 19. — Ámbito de aplicación. Las jurisdicciones locales, en el ámbito de sus competencias, dictarán sus normas de procedimiento o adherirán al régimen procesal previsto en la presente ley.
ARTICULO 20. — Características del procedimiento. El procedimiento será gratuito y sumarísimo.
ARTICULO 21. — Presentación de la denuncia. La presentación de la denuncia por violencia contra las mujeres podrá efectuarse ante cualquier juez/jueza de cualquier fuero e instancia o ante el Ministerio Público, en forma oral o escrita.
Se guardará reserva de identidad de la persona denunciante.
ARTICULO 22. — Competencia. Entenderá en la causa el/la juez/a que resulte competente en razón de la materia según los tipos y modalidades de violencia de que se trate.
Aún en caso de incompetencia, el/la juez/a interviniente podrá disponer las medidas preventivas que estime pertinente.
ARTICULO 23. — Exposición policial. En el supuesto que al concurrir a un servicio policial sólo se labrase exposición y de ella surgiere la posible existencia de violencia contra la mujer, corresponderá remitirla a la autoridad judicial competente dentro de las VEINTICUATRO (24) horas.
ARTICULO 24. — Personas que pueden efectuar la denuncia. Las denuncias podrán ser efectuadas:
a) Por la mujer que se considere afectada o su representante legal sin restricción alguna;
b) La niña o la adolescente directamente o través de sus representantes legales de acuerdo lo establecido en la Ley 26.061 de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes;
c) Cualquier persona cuando la afectada tenga discapacidad, o que por su condición física o psíquica no pudiese formularla;
d) En los casos de violencia sexual, la mujer que la haya padecido es la única legitimada para hacer la denuncia. Cuando la misma fuere efectuada por un tercero, se citará a la mujer para que la ratifique o rectifique en VEINTICUATRO (24) horas. La autoridad judicial competente tomará los recaudos necesarios para evitar que la causa tome estado público.
e) La denuncia penal será obligatoria para toda persona que se desempeñe laboralmente en servicios asistenciales, sociales, educativos y de salud, en el ámbito público o privado, que con motivo o en ocasión de sus tareas tomaren conocimiento de que una mujer padece violencia siempre que los hechos pudieran constituir un delito.
ARTICULO 25. — Asistencia protectora. En toda instancia del proceso se admitirá la presencia de un/a acompañante como ayuda protectora ad honórem, siempre que la mujer que padece violencia lo solicite y con el único objeto de preservar la salud física y psicológica de la misma.
ARTICULO 26. — Medidas preventivas urgentes.
a) Durante cualquier etapa del proceso el/la juez/a interviniente podrá, de oficio o a petición de parte, ordenar una o más de las siguientes medidas preventivas de acuerdo a los tipos y modalidades de violencia contra las mujeres definidas en los artículos 5º y 6º de la presente ley:
a. 1. Ordenar la prohibición de acercamiento del presunto agresor al lugar de residencia, trabajo, estudio, esparcimiento o a los lugares de habitual concurrencia de la mujer que padece violencia;
a.2. Ordenar al presunto agresor que cese en los actos de perturbación o intimidación que, directa o indirectamente, realice hacia la mujer;
a.3. Ordenar la restitución inmediata de los efectos personales a la parte peticionante, si ésta se ha visto privada de los mismos;
a.4. Prohibir al presunto agresor la compra y tenencia de armas, y ordenar el secuestro de las que estuvieren en su posesión;
a.5. Proveer las medidas conducentes a brindar a quien padece o ejerce violencia, cuando así lo requieran, asistencia médica o psicológica, a través de los organismos públicos y organizaciones de la sociedad civil con formación especializada en la prevención y atención de la violencia contra las mujeres;
a.6. Ordenar medidas de seguridad en el domicilio de la mujer;
a.7. Ordenar toda otra medida necesaria para garantizar la seguridad de la mujer que padece violencia, hacer cesar la situación de violencia y evitar la repetición de todo acto de perturbación o intimidación, agresión y maltrato del agresor hacia la mujer.
b) Sin perjuicio de las medidas establecidas en el inciso a) del presente artículo, en los casos de la modalidad de violencia doméstica contra las mujeres, el/la juez/a podrá ordenar las siguientes medidas preventivas urgentes:
b.1. Prohibir al presunto agresor enajenar, disponer, destruir, ocultar o trasladar bienes gananciales de la sociedad conyugal o los comunes de la pareja conviviente;
b.2. Ordenar la exclusión de la parte agresora de la residencia común, independientemente de la titularidad de la misma;
b.3. Decidir el reintegro al domicilio de la mujer si ésta se había retirado, previa exclusión de la vivienda del presunto agresor;
b.4. Ordenar a la fuerza pública, el acompañamiento de la mujer que padece violencia, a su domicilio para retirar sus efectos personales;
b.5. En caso de que se trate de una pareja con hijos/as, se fijará una cuota alimentaria provisoria, si correspondiese, de acuerdo con los antecedentes obrantes en la causa y según las normas que rigen en la materia;
b.6. En caso que la víctima fuere menor de edad, el/la juez/a, mediante resolución fundada y teniendo en cuenta la opinión y el derecho a ser oída de la niña o de la adolescente, puede otorgar la guarda a un miembro de su grupo familiar, por consanguinidad o afinidad, o con otros miembros de la familia ampliada o de la comunidad.
b.7. Ordenar la suspensión provisoria del régimen de visitas;
b.8. Ordenar al presunto agresor abstenerse de interferir, de cualquier forma, en el ejercicio de la guarda, crianza y educación de los/as hijos/ as;
b.9. Disponer el inventario de los bienes gananciales de la sociedad conyugal y de los bienes propios de quien ejerce y padece violencia. En los casos de las parejas convivientes se dispondrá el inventario de los bienes de cada uno;
b.10. Otorgar el uso exclusivo a la mujer que padece violencia, por el período que estime conveniente, del mobiliario de la casa.
ARTICULO 27. — Facultades del/la juez/a. El/ la juez/a podrá dictar más de una medida a la vez, determinando la duración de las mismas de acuerdo a las circunstancias del caso, y debiendo establecer un plazo máximo de duración de las mismas, por auto fundado.
ARTICULO 28. — Audiencia. El/la juez/a interviniente fijará una audiencia, la que deberá tomar personalmente bajo pena de nulidad, dentro de CUARENTA Y OCHO (48) horas de ordenadas las medidas del artículo 26, o si no se adoptara ninguna de ellas, desde el momento que tomó conocimiento de la denuncia.
El presunto agresor estará obligado a comparecer bajo apercibimiento de ser llevado ante el juzgado con auxilio de la fuerza pública.
En dicha audiencia, escuchará a las partes por separado bajo pena de nulidad, y ordenará las medidas que estime pertinentes.
Si la víctima de violencia fuere niña o adolescente deberá contemplarse lo estipulado por la Ley 26.061 sobre Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes.
Quedan prohibidas las audiencias de mediación o conciliación.
ARTICULO 29. — Informes. Siempre que fuere posible el/la juez/a interviniente podrá requerir un informe efectuado por un equipo interdisciplinario para determinar los daños físicos, psicológicos, económicos o de otro tipo sufridos por la mujer y la situación de peligro en la que se encuentre.
Dicho informe será remitido en un plazo de CUARENTA Y OCHO (48) horas, a efectos de que pueda aplicar otras medidas, interrumpir o hacer cesar alguna de las mencionadas en el artículo 26.
El/la juez/a interviniente también podrá considerar los informes que se elaboren por los equipos interdisciplinarios de la administración pública sobre los daños físicos, psicológicos, económicos o de otro tipo sufridos por la mujer y la situación de peligro, evitando producir nuevos informes que la revictimicen.
También podrá considerar informes de profesionales de organizaciones de la sociedad civil idóneas en el tratamiento de la violencia contra las mujeres.
ARTICULO 30. — Prueba, principios y medidas. El/la juez/a tendrá amplias facultades para ordenar e impulsar el proceso, pudiendo disponer las medidas que fueren necesarias para indagar los sucesos, ubicar el paradero del presunto agresor, y proteger a quienes corran el riesgo de padecer nuevos actos de violencia, rigiendo el principio de obtención de la verdad material.
ARTICULO 31. — Resoluciones. Regirá el principio de amplia libertad probatoria para acreditar los hechos denunciados, evaluándose las pruebas ofrecidas de acuerdo con el principio de la sana crítica. Se considerarán las presunciones que contribuyan a la demostración de los hechos, siempre que sean indicios graves, precisos y concordantes.
ARTICULO 32. — Sanciones. Ante el incumplimiento de las medidas ordenadas, el/la juez/a podrá evaluar la conveniencia de modificar las mismas, pudiendo ampliarlas u ordenar otras.
Frente a un nuevo incumplimiento y sin perjuicio de las responsabilidades civiles o penales que correspondan, el/la Juez/a deberá aplicar alguna/s de las siguientes sanciones:
a) Advertencia o llamado de atención por el acto cometido;
b) Comunicación de los hechos de violencia al organismo, institución, sindicato, asociación profesional o lugar de trabajo del agresor;
c) Asistencia obligatoria del agresor a programas reflexivos, educativos o terapéuticos tendientes a la modificación de conductas violentas.
Asimismo, cuando el incumplimiento configure desobediencia u otro delito, el juez deberá poner el hecho en conocimiento del/la juez/a con competencia en materia penal.
ARTICULO 33. — Apelación. Las resoluciones que concedan, rechacen, interrumpan, modifiquen o dispongan el cese de alguna de las medidas preventivas urgentes o impongan sanciones, serán apelables dentro del plazo de TRES (3) días hábiles.
La apelación contra resoluciones que concedan medidas preventivas urgentes se concederá en relación y con efecto devolutivo.
La apelación contra resoluciones que dispongan la interrupción o el cese de tales medidas se concederá en relación y con efecto suspensivo.
ARTICULO 34. — Seguimiento. Durante el trámite de la causa, por el tiempo que se juzgue adecuado, el/la juez/a deberá controlar la eficacia de las medidas y decisiones adoptadas, ya sea a través de la comparecencia de las partes al tribunal, con la frecuencia que se ordene, y/o mediante la intervención del equipo interdisciplinario, quienes elaborarán informes periódicos acerca de la situación.
ARTICULO 35. — Reparación. La parte damnificada podrá reclamar la reparación civil por los daños y perjuicios, según las normas comunes que rigen la materia.
ARTICULO 36. — Obligaciones de los/as funcionarios/ as. Los/as funcionarios/ as policiales, judiciales, agentes sanitarios, y cualquier otro/a funcionario/ a público/a a quien acudan las mujeres afectadas, tienen la obligación de informar sobre:
a) Los derechos que la legislación le confiere a la mujer que padece violencia, y sobre los servicios gubernamentales disponibles para su atención;
b) Cómo y dónde conducirse para ser asistida en el proceso;
c) Cómo preservar las evidencias.
ARTICULO 37. — Registros. La Corte Suprema de Justicia de la Nación llevará registros sociodemográficos de las denuncias efectuadas sobre hechos de violencia previstos en esta ley, especificando, como mínimo, edad, estado civil, profesión u ocupación de la mujer que padece violencia, así como del agresor; vínculo con el agresor, naturaleza de los hechos, medidas adoptadas y sus resultados, así como las sanciones impuestas al agresor.
Los juzgados que intervienen en los casos de violencia previstos en esta ley deberán remitir anualmente la información pertinente para dicho registro.
El acceso a los registros requiere motivos fundados y previa autorización judicial, garantizando la confidencialidad de la identidad de las partes.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación elaborará estadísticas de acceso público que permitan conocer, como mínimo, las características de quienes ejercen o padecen violencia y sus modalidades, vínculo entre las partes, tipo de medidas adoptadas y sus resultados, y tipo y cantidad de sanciones aplicadas.
ARTICULO 38. — Colaboración de organizaciones públicas o privadas. El/la juez/a podrán solicitar o aceptar en carácter de amicus curiae la colaboración de organizaciones o entidades públicas o privadas dedicadas a la protección de los derechos de las mujeres.
ARTICULO 39. — Exención de cargas. Las actuaciones fundadas en la presente ley estarán exentas del pago de sellado, tasas, depósitos y cualquier otro impuesto, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 68 del Código Procesal, Civil y Comercial de la Nación en materia de costas.
ARTICULO 40. — Normas supletorias. Serán de aplicación supletoria los regímenes procesales que correspondan, según los tipos y modalidades de violencia denunciados.
TITULO IV
DISPOSICIONES FINALES
ARTICULO 41. — En ningún caso las conductas, actos u omisiones previstas en la presente ley importarán la creación de nuevos tipos penales, ni la modificación o derogación de los vigentes.
ARTICULO 42. — La Ley 24.417 de Protección contra la Violencia Familiar, será de aplicación en aquellos casos de violencia doméstica no previstos en la presente ley.
ARTICULO 43. — Las partidas que resulten necesarias para el cumplimiento de la presente ley serán previstas anualmente en la Ley de Presupuesto General de la Administración n Nacional.
ARTICULO 44. — La ley entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial de la Nación.
ARTICULO 45. — Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS ONCE DIAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL NUEVE.
— REGISTRADO BAJO EL Nº 26.485 —
JULIO C. C. COBOS. — EDUARDO A. FELLNER. — Enrique Hidalgo. — Juan H. Estrada.
Sandra Pasquini